Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Esgrima. Estatutos. (BOE-A-2025-3279)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Esgrima.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23247
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
3279
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación
Española de Esgrima.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de
Deportes, en su sesión de 12 de noviembre de 2024, ratificó la modificación de los
Estatutos de la Real Federación Española de Esgrima, autorizando su inscripción en el
Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022, de 30 de
diciembre, del Deporte, y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Esgrima, contenidos en el anexo a la presente resolución.
Madrid, 30 de enero de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Esgrima
TÍTULO I
Principios generales
CAPÍTULO I
Definición y régimen jurídico
Artículo 1.
a)
b)
c)
d)
Espada.
Florete.
Sable.
Esgrima para personas con discapacidad.
Artículo 2.
La RFEE está integrada por federaciones autonómicas, clubes deportivos,
deportistas, técnicos/as, jueces/as-árbitros, y por los otros colectivos que tengan por
objeto la promoción o práctica de la mencionada especialidad deportiva o contribuyan a
su desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos.
cve: BOE-A-2025-3279
Verificable en https://www.boe.es
La Real Federación Española de Esgrima, en lo sucesivo: RFEE, es una entidad de
naturaleza asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y declarada de utilidad
pública, que tiene por objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo
y la práctica en todo el territorio nacional de la modalidad deportiva de la Esgrima y de
las especialidades siguientes:
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23247
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
3279
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación
Española de Esgrima.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de
Deportes, en su sesión de 12 de noviembre de 2024, ratificó la modificación de los
Estatutos de la Real Federación Española de Esgrima, autorizando su inscripción en el
Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022, de 30 de
diciembre, del Deporte, y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Esgrima, contenidos en el anexo a la presente resolución.
Madrid, 30 de enero de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Esgrima
TÍTULO I
Principios generales
CAPÍTULO I
Definición y régimen jurídico
Artículo 1.
a)
b)
c)
d)
Espada.
Florete.
Sable.
Esgrima para personas con discapacidad.
Artículo 2.
La RFEE está integrada por federaciones autonómicas, clubes deportivos,
deportistas, técnicos/as, jueces/as-árbitros, y por los otros colectivos que tengan por
objeto la promoción o práctica de la mencionada especialidad deportiva o contribuyan a
su desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos.
cve: BOE-A-2025-3279
Verificable en https://www.boe.es
La Real Federación Española de Esgrima, en lo sucesivo: RFEE, es una entidad de
naturaleza asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y declarada de utilidad
pública, que tiene por objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo
y la práctica en todo el territorio nacional de la modalidad deportiva de la Esgrima y de
las especialidades siguientes: