Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-3263)
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Málaga n.º 13, por la que se suspende la inscripción de determinada norma de dicha comunidad en régimen de propiedad horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23112
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3263
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Málaga n.º 13, por la que se suspende la
inscripción de determinada norma de dicha comunidad en régimen de
propiedad horizontal.
En el recurso interpuesto por doña M. R. C. G., en nombre y representación de la
«Comunidad de Propietarios calle (…)» de Málaga, contra la calificación de la
registradora de la Propiedad de Málaga número 13, doña Paula Martín Martínez, por la
que se suspende la inscripción de determinada norma de dicha comunidad en régimen
de propiedad horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 4 de mayo de 2023 por el notario de Málaga,
don Manuel José Tejuca García, con el número 1.681 de protocolo, se elevó a público el
acuerdo adoptado el día 28 de marzo de 2023 por la junta general extraordinaria de una
comunidad de propietarios de Málaga, por el cual se aprobó «prohibir a los propietarios
de las viviendas, destinar las mismas a alquiler turístico de corta duración o cualquier
otra modalidad de alquiler que suponga un continuo y excesivo tránsito y estancia de
personas ajenas a la Comunidad, quedando fuera de dicha prohibición los locales que
cuentan con entrada independiente».
Según constaba en dicha escritura, el acuerdo fue aprobado con voto favorable de
quienes representaban más de las tres quintas partes de propietarios, que
representaban las tres quintas partes de las cuotas de participación, concretamente por
unanimidad, por el voto a favor de los asistentes cuyo coeficiente suma un 62,823 %, con
la abstención del propietario de unos locales, cuya cuota de participación suma 4,028 %.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Málaga número 13, fue
objeto de la siguiente nota de calificación negativa:
Presentada a las doce horas y cincuenta minutos del día veintitrés de Abril del año
dos mil veinticuatro, bajo el asiento 907 del diario 76, copia autorizada de la escritura
otorgada el día cuatro de Mayo de dos mil veintitrés ante el Notario de Málaga Don
Manuel Tejuca García, número mil seiscientos ochenta y uno de su protocolo, por la que,
la “Comunidad de Propietarios calle (…)”, eleva a públicos los acuerdos adoptados por la
Junta Ordinaria de la Comunidad de Propietarios, celebrada el día veintiocho de Marzo
de dos mil veintitrés, por los que, se modifica los estatutos de dicha Comunidad. Se
acompaña testimonio por exhibición de documento expedido el día once de Abril de dos
mil veinticuatro por el Notario de Málaga Don Manuel Tejuca García de una página del
Acta de Junta General Extraordinaria del día 28 de Marzo de 2.023 de dicha Comunidad
cve: BOE-A-2025-3263
Verificable en https://www.boe.es
«De conformidad con los artículos 18, 19, 19 Bis y 322 de la Ley Hipotecaria, y con
referencia al documento que se dirá:
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23112
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3263
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Málaga n.º 13, por la que se suspende la
inscripción de determinada norma de dicha comunidad en régimen de
propiedad horizontal.
En el recurso interpuesto por doña M. R. C. G., en nombre y representación de la
«Comunidad de Propietarios calle (…)» de Málaga, contra la calificación de la
registradora de la Propiedad de Málaga número 13, doña Paula Martín Martínez, por la
que se suspende la inscripción de determinada norma de dicha comunidad en régimen
de propiedad horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 4 de mayo de 2023 por el notario de Málaga,
don Manuel José Tejuca García, con el número 1.681 de protocolo, se elevó a público el
acuerdo adoptado el día 28 de marzo de 2023 por la junta general extraordinaria de una
comunidad de propietarios de Málaga, por el cual se aprobó «prohibir a los propietarios
de las viviendas, destinar las mismas a alquiler turístico de corta duración o cualquier
otra modalidad de alquiler que suponga un continuo y excesivo tránsito y estancia de
personas ajenas a la Comunidad, quedando fuera de dicha prohibición los locales que
cuentan con entrada independiente».
Según constaba en dicha escritura, el acuerdo fue aprobado con voto favorable de
quienes representaban más de las tres quintas partes de propietarios, que
representaban las tres quintas partes de las cuotas de participación, concretamente por
unanimidad, por el voto a favor de los asistentes cuyo coeficiente suma un 62,823 %, con
la abstención del propietario de unos locales, cuya cuota de participación suma 4,028 %.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Málaga número 13, fue
objeto de la siguiente nota de calificación negativa:
Presentada a las doce horas y cincuenta minutos del día veintitrés de Abril del año
dos mil veinticuatro, bajo el asiento 907 del diario 76, copia autorizada de la escritura
otorgada el día cuatro de Mayo de dos mil veintitrés ante el Notario de Málaga Don
Manuel Tejuca García, número mil seiscientos ochenta y uno de su protocolo, por la que,
la “Comunidad de Propietarios calle (…)”, eleva a públicos los acuerdos adoptados por la
Junta Ordinaria de la Comunidad de Propietarios, celebrada el día veintiocho de Marzo
de dos mil veintitrés, por los que, se modifica los estatutos de dicha Comunidad. Se
acompaña testimonio por exhibición de documento expedido el día once de Abril de dos
mil veinticuatro por el Notario de Málaga Don Manuel Tejuca García de una página del
Acta de Junta General Extraordinaria del día 28 de Marzo de 2.023 de dicha Comunidad
cve: BOE-A-2025-3263
Verificable en https://www.boe.es
«De conformidad con los artículos 18, 19, 19 Bis y 322 de la Ley Hipotecaria, y con
referencia al documento que se dirá: