Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-3262)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Tías, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación alternativa, que se ha solicitado por instancia privada porque, tras haberse tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se han formulado alegaciones por uno de los colindantes notificados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23101
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3262
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Tías, por la que se deniega la inscripción
de la georreferenciación alternativa, que se ha solicitado por instancia privada
porque, tras haberse tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, se han formulado alegaciones por uno de los colindantes
notificados.
En el recurso interpuesto por don T. G. N. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Tías, don Francisco Javier González Nieto, por la que se
deniega la inscripción de la georreferenciación alternativa, que se ha solicitado por
instancia privada porque, tras haberse tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, se han formulado alegaciones por uno de los colindantes notificados.
Hechos
I
Mediante instancia privada, suscrita por don T. G. N. el día 24 de enero de 2024,
como titular de la finca registral número 26.692 del término de Tías, se solicitaba la
inscripción de la georreferenciación alternativa a la catastral realizada por el ingeniero
técnico en Topografía don H. T. M., acompañada de informe catastral de validación
gráfica de la misma, con código seguro de verificación de resultado positivo, alegando la
inexactitud de la cartografía catastral y de la descripción literaria de la finca en el
Registro de la Propiedad.
II
«Datos del Documento.
Asiento 952 Diario 65.
NE 793/2024.
Fecha del documento: 24/01/2024.
Exp. 199 LH.
Francisco Javier Nieto González, Registrador de la Propiedad del distrito hipotecario
de Tías, he calificado negativamente el documento de referencia, al apreciar en el mismo
la existencia de causas impeditivas para su inscripción, sobre la base de los siguientes
Antecedentes de hecho.
Los que resultan del documento presentado, en cuya virtud T. G. N. solicita la
inscripción de la base gráfica alternativa de la finca de su propiedad en (…), término
cve: BOE-A-2025-3262
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 29 de enero de 2024 esta documentación en el Registro de la
Propiedad de Tías, y una vez tramitado el expediente previsto en el artículo 199 de la
Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente nota de calificación, la cual fue notificada y
recibida por el recurrente el día 29 de julio de 2024, según el informe del registrador,
aunque según el escrito de interposición del recurso, que luego se dirá, la notificación se
recibió el día 2 de octubre de 2024:
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23101
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3262
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Tías, por la que se deniega la inscripción
de la georreferenciación alternativa, que se ha solicitado por instancia privada
porque, tras haberse tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, se han formulado alegaciones por uno de los colindantes
notificados.
En el recurso interpuesto por don T. G. N. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Tías, don Francisco Javier González Nieto, por la que se
deniega la inscripción de la georreferenciación alternativa, que se ha solicitado por
instancia privada porque, tras haberse tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, se han formulado alegaciones por uno de los colindantes notificados.
Hechos
I
Mediante instancia privada, suscrita por don T. G. N. el día 24 de enero de 2024,
como titular de la finca registral número 26.692 del término de Tías, se solicitaba la
inscripción de la georreferenciación alternativa a la catastral realizada por el ingeniero
técnico en Topografía don H. T. M., acompañada de informe catastral de validación
gráfica de la misma, con código seguro de verificación de resultado positivo, alegando la
inexactitud de la cartografía catastral y de la descripción literaria de la finca en el
Registro de la Propiedad.
II
«Datos del Documento.
Asiento 952 Diario 65.
NE 793/2024.
Fecha del documento: 24/01/2024.
Exp. 199 LH.
Francisco Javier Nieto González, Registrador de la Propiedad del distrito hipotecario
de Tías, he calificado negativamente el documento de referencia, al apreciar en el mismo
la existencia de causas impeditivas para su inscripción, sobre la base de los siguientes
Antecedentes de hecho.
Los que resultan del documento presentado, en cuya virtud T. G. N. solicita la
inscripción de la base gráfica alternativa de la finca de su propiedad en (…), término
cve: BOE-A-2025-3262
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 29 de enero de 2024 esta documentación en el Registro de la
Propiedad de Tías, y una vez tramitado el expediente previsto en el artículo 199 de la
Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente nota de calificación, la cual fue notificada y
recibida por el recurrente el día 29 de julio de 2024, según el informe del registrador,
aunque según el escrito de interposición del recurso, que luego se dirá, la notificación se
recibió el día 2 de octubre de 2024: