Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-3282)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la carga de buques de pequeña capacidad en el atraque de metaneros de 40.000 m³ de la planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado de Cartagena.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Miércoles 19 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23280

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU,
autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la
carga de buques de pequeña capacidad en el atraque de metaneros de
40.000 m³ de la planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas
natural licuado de Cartagena.

Por orden del Ministerio de Industria y Energía, de 23 de diciembre de 1985, se
otorga a la empresa Enagás, SA, la concesión administrativa para la construcción de la
Planta de Recepción, Almacenamiento y Regasificación de gas natural licuado (GNL) en
Cartagena (Murcia). Por resolución de la Dirección General de la Energía, de 31 de julio
de 1987, se autorizó a Enagás, SA, al montaje de las instalaciones constituyentes de la
citada planta de regasificación de GNL. Con posterioridad a esta resolución, la terminal
ha sido objeto de sucesivas fases de ampliación, hasta alcanzar la capacidad de emisión
actual de 1.350.000 Nm3/h y capacidad de almacenamiento de GNL de 587.000 Nm3.
Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo, de 26 de marzo de 2013 (BOE núm. 86 de 10 de abril
de 2013), se autoriza el cambio de titularidad de todas las autorizaciones y concesiones
otorgadas a Enagás, SA, a favor de Enagás Transporte, SAU (en adelante Enagás).
La empresa Enagás, con fecha 20 de diciembre de 2017, presentó solicitud de
autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de las instalaciones
correspondientes al proyecto denominado «Carga de buques de pequeña capacidad
(Small Scale Bunkering) Planta de regasificación de Cartagena» en el atraque de
metaneros de 40.000 m3, en la Planta de recepción, almacenamiento y regasificación
ubicada en el Muelle Príncipe Felipe en la Dársena de Escombreras-Cartagena (Murcia),
en el ámbito de lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos y en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos
de autorización de instalaciones de gas natural.
En la actualidad el GNL se ha convertido en una alternativa para la descarbonización
en el transporte marítimo, donde la electrificación no es técnica ni económicamente
viable, dado que permite reducir las emisiones de CO2, NOx y SOx.
El objeto de este proyecto es dotar al pantalán de 40.000 m3 de Enagás, ubicado en
el Puerto de Cartagena, de una estación para carga de mini-metaneros o gabarras con
GNL, para poder desempeñar servicios de carga de GNL como combustible a buques
(«bunkering»).
Las actuaciones consideradas en el precitado proyecto, no introducen cambios de las
características técnicas básicas de la planta, al no suponer incremento alguno de la
capacidad de almacenamiento en la planta, de la producción de GNL o del calado del
atraque, si bien es cierto que suponen un incremento de la capacidad de carga de GNL a
buques, motivo por el que se estima necesaria la tramitación de esta autorización
administrativa conforme a lo establecido en el título IV del Real Decreto 1434/2002,
de 27 de diciembre.
La referida solicitud de Enagás, así como el correspondiente proyecto técnico de las
instalaciones, han sido sometidos a trámite de información pública, de acuerdo con lo
previsto en el título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por la Dirección
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia, a

cve: BOE-A-2025-3282
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