Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Sanidad animal. (BOE-A-2025-3185)
Real Decreto 70/2025, de 4 de febrero, por el que se modifican el Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y el Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Miércoles 19 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 22878

contenedores, un número asignado por la empresa que permita identificarlos
individualmente y de forma indeleble.
d) Categoría o categorías de SANDACH para cuyo transporte están
registrados.
e) Código de producto (naturaleza) que puede transportar el vehículo,
remolque o contenedor registrado.
f) Fecha de registro del vehículo: fecha en la que la autoridad competente
autoriza el vehículo para el transporte de subproductos, productos derivados y/o
cadáveres. Sólo para los vehículos propios.
4.
a)
b)

Contenido complementario optativo para establecimientos o plantas
y transportistas
Teléfono.
Inspecciones oficiales. Se registrará:

a. Motivo.
b. Autoridad competente que ha realizado la inspección.
c. Fecha.
d. Observaciones.
c)
Cuatro.

Observaciones.»
El anexo II se sustituye por el siguiente:
«ANEXO II

Contenido mínimo del documento comercial para movimientos nacionales
de SANDACH
Contenido mínimo del documento comercial para movimientos nacionales
N.º de página

1 de 2

I. N.º de Referencia del documento.
II. LUGAR DE ORIGEN.
1. Nombre del establecimiento.
2. N.º de autorización o registro (Código oficial).
3. NIF del establecimiento.
4. Dirección (CA, provincia, municipio, código postal y dirección).
5. Actividad.
En el caso de traslado de cadáveres desde explotaciones ganaderas:

7. Fecha de notificación.
III. DATOS DE LA CARGA A RELLENAR EN ORIGEN.
1. Fecha de recogida.
2. N.º de lote/contenedor.
3. Descripción de la mercancía (Naturaleza).
4. Categoría.

cve: BOE-A-2025-3185
Verificable en https://www.boe.es

6. En caso de que exista, número de póliza del seguro que cubra la retirada y destrucción de
animales muertos en la explotación.