Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3169)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, por el que se establece el marco general de cooperación para la conservación, mantenimiento y explotación del río Manzanares y se encomienda la gestión de las infraestructuras situadas en el mismo a su paso por el término municipal de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Martes 18 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 22734

Los comparecientes citados anteriormente se reconocen recíprocamente capacidad
jurídica y legitimación suficiente para representar a las Administraciones indicadas,
suscribir el presente convenio y asumir las obligaciones señaladas en el mismo.
EXPONEN
Primero.
Que la Confederación Hidrográfica del Tajo, en adelante Confederación, es un
Organismo Autónomo de los previstos en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio para la Transición
Ecológica, dotado de personalidad jurídica propia y con autonomía para regir y
administrar los intereses generales y sectoriales cuya tutela tiene confiada. Entre ellos se
encuentra la administración y control de los bienes de dominio público hidráulico
definidos en el artículo 23 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, pudiendo suscribir convenios y
establecer planes o programas conjuntos de actuación con entidades públicas o privadas
a los fines indicados, todo ello de acuerdo con el artículo 25.2 de la Ley de Aguas citada.
Segundo.
Que el Ayuntamiento Madrid, en adelante Ayuntamiento, de acuerdo con la
Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, tiene competencias en
materia de prestación de servicios municipales, así como de forma singular en relación
con el medio ambiente urbano y la ordenación urbanística del municipio y cualesquiera
otras actuaciones generales que afecten a obras y servicios públicos dentro de su ámbito
territorial. La gestión municipal autónoma se desarrolla con lealtad institucional y en
colaboración, cooperación y coordinación con la Administración General del Estado y de
la Comunidad de Madrid.
Que conforme a los previsto en el artículo 28 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del
Plan Hidrológico Nacional, como administración competente en materia de ordenación
del territorio y urbanismo, al Ayuntamiento le corresponden las actuaciones en cauces
públicos situados en zonas urbanas, sin perjuicio de las competencias de la
Administración hidráulica sobre el dominio público hidráulico. En este contexto, está
prevista la posibilidad de que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico y las Administraciones Autonómicas y Locales suscriban convenios para la
financiación de estas actuaciones.
En este mismo sentido, el artículo 37 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, establece que
el Ayuntamiento de Madrid participará, conforme a lo que se establezca en la legislación
sectorial correspondiente, en la gestión de las infraestructuras, servicios y equipamientos
cuya titularidad corresponda a la Administración General del Estado que afecten
directamente a la ciudad de Madrid.

Que con fecha 21 de septiembre de 2017, el Ayuntamiento aprobó el Plan de Calidad
del Aire de la Ciudad de Madrid y Cambio Climático (plan A). A través de este se
pretende garantizar la protección de la salud frente a los efectos de los contaminantes
atmosféricos, contribuir a la lucha contra el cambio climático reduciendo las emisiones de
gases de efecto invernadero y potenciar la resiliencia urbana frente a los efectos
climáticos.
Devolver al río Manzanares un aspecto más natural es una de las actuaciones del
Ayuntamiento enmarcadas en este Plan y que es acorde con la estrategia nacional de
restauración de ríos impulsada desde la Administración General del Estado.

cve: BOE-A-2025-3169
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Tercero.