Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-3174)
Resolución de 11 de febrero de 2025, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para establecer las bases de la provisión de los servicios del Banco Nacional de Dosis a Paciente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Martes 18 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 22773

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE SANIDAD
3174

Resolución de 11 de febrero de 2025, del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
La Rioja, para establecer las bases de la provisión de los servicios del Banco
Nacional de Dosis a Paciente.

Suscrito el día 7 de febrero de 2025 el convenio entre el Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria (INGESA) y el Servicio Riojano de Salud de la comunidad autónoma de La
Rioja para establecer las bases de la provisión de los servicios del Banco Nacional de
Dosis a Paciente (BNDP), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 11 de febrero de 2025.–La Directora del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria, Isabel Muñoz Machín.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y el Servicio
Riojano de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja para establecer las bases
de la provisión de los Servicios del Banco Nacional de Dosis a Paciente (BNDP)
Madrid, 7 de febrero de 2025.

De una parte, doña Isabel Muñoz Machín, Directora del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria (INGESA), nombrada para este cargo por Real Decreto 373/2024, de 9 de abril
(BOE de 10 de abril de 2024), del Ministerio de Sanidad, actuando en nombre y
representación del INGESA, en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público;
en relación al artículo 2 del Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se
regula la organización y funcionamiento del INGESA; y con el artículo 68 del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
De otra parte, doña María Martín Díez de Baldeón, Consejera de Salud y Políticas
Sociales del Gobierno de La Rioja, Presidenta del Servicio Riojano de Salud,
debidamente facultada para este acto en virtud del cargo para el que fue nombrada
mediante Decreto del Presidente 8/2023, de 1 de julio de 2023, actuando en nombre y
representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en virtud del artículo 42.1.k de la
Ley 8/2003, de 28 de octubre (BOR de 13 de noviembre), del Gobierno e
Incompatibilidades de sus miembros, y es competente para la aprobación de este
convenio por delegación del Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de fecha 28 de
julio de 2023 (BOR 159, de 4 de agosto de 2023).
El INGESA y el Servicio Riojano de Salud, en adelante Comunidad Autónoma,
podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, de forma conjunta, «las Partes».
Todas las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente

cve: BOE-A-2025-3174
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