Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3173)
Resolución de 10 de febrero de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación Gabinete de Imaxinación, para la coproducción y organización del espectáculo teatral «Roland mon amour».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22769
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula primera
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación del
CDN las pruebas de los referidos materiales.
Séptima.
Gira.
a) Por acuerdo entre las partes, La Asociación se encargará de la distribución y
gestión de la gira de «Roland mon amour», corriendo con todos los gastos inherentes a
la misma.
b) La Asociación facilitará al INAEM (CDN) con la debida antelación, el
correspondiente calendario, con indicación de las ciudades, fechas y número de
representaciones.
c) En gira, el INAEM (CDN) tendrá derecho a 2 localidades diarias de buena
visibilidad.
d) La Asociación será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
que, por parte suya, se desee efectuar alguna variación en los mismos, deberá
informarse al Departamento de Comunicación del CDN y someterse a su aprobación.
e) En las representaciones en gira, La Asociación negociará directamente con los
teatros contratantes los ingresos a percibir por las representaciones (cache o taquilla) y,
en consecuencia, asume el gasto y pago de los derechos de autor a través de la
Sociedad de Gestión que corresponda.
f) La Asociación se compromete a no representar la obra «Roland mon amour» en
ningún teatro dependiente de la Comunidad de Madrid hasta una vez finalizadas las
representaciones en la Sala Princesa del Teatro María Guerrero.
g) Asimismo «Roland mon amour» no podrá representarse en ningún teatro, ni
oficial ni privado, de Madrid capital, sin la oportuna autorización del INAEM, que deberá
ser solicitada, por escrito, por La Asociación.
h) La Asociación se hará cargo y aportará, en su caso, el merchandising de la obra
«Roland mon amour» respetando en todo momento la normativa del CDN al respecto.
i) La Asociación abonará al INAEM la cantidad de doscientos euros (200,00 €)
exentos de IVA, por cada una de las representaciones en gira, no abonando ninguna
cantidad por las que se realicen en la Sala Princesa del Teatro María Guerrero.
j) A partir de once (11) representaciones en la misma plaza, La Asociación abonará
al INAEM la cantidad de ciento cincuenta euros (150,00 €) exentos de IVA, desde la
primera representación.
k) A partir de veintiuna (21) representaciones en la misma plaza, La Asociación
abonará al INAEM la cantidad de cien euros (100,00 €) exentos de IVA, desde la primera
representación.
Una vez finalizada la exhibición total de la obra «Roland mon amour», se acordará
entre las partes el reparto, almacenaje, destrucción, venta o reciclaje de todos los activos
de la obra en el marco de la comisión de seguimiento prevista en la cláusula novena.
Novena.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Para la gestión del objeto de este convenio se constituirá una comisión de
seguimiento cuyos interlocutores serán: por parte del INAEM, el/la titular de Dirección de
Producción del CDN y el/la titular de la dirección adjunta del CDN, o personas en quien
deleguen; y por la de La Asociación, el/la Presidente/a y el/la Vicepresidente/a, o
cve: BOE-A-2025-3173
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Activos.
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22769
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula primera
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación del
CDN las pruebas de los referidos materiales.
Séptima.
Gira.
a) Por acuerdo entre las partes, La Asociación se encargará de la distribución y
gestión de la gira de «Roland mon amour», corriendo con todos los gastos inherentes a
la misma.
b) La Asociación facilitará al INAEM (CDN) con la debida antelación, el
correspondiente calendario, con indicación de las ciudades, fechas y número de
representaciones.
c) En gira, el INAEM (CDN) tendrá derecho a 2 localidades diarias de buena
visibilidad.
d) La Asociación será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
que, por parte suya, se desee efectuar alguna variación en los mismos, deberá
informarse al Departamento de Comunicación del CDN y someterse a su aprobación.
e) En las representaciones en gira, La Asociación negociará directamente con los
teatros contratantes los ingresos a percibir por las representaciones (cache o taquilla) y,
en consecuencia, asume el gasto y pago de los derechos de autor a través de la
Sociedad de Gestión que corresponda.
f) La Asociación se compromete a no representar la obra «Roland mon amour» en
ningún teatro dependiente de la Comunidad de Madrid hasta una vez finalizadas las
representaciones en la Sala Princesa del Teatro María Guerrero.
g) Asimismo «Roland mon amour» no podrá representarse en ningún teatro, ni
oficial ni privado, de Madrid capital, sin la oportuna autorización del INAEM, que deberá
ser solicitada, por escrito, por La Asociación.
h) La Asociación se hará cargo y aportará, en su caso, el merchandising de la obra
«Roland mon amour» respetando en todo momento la normativa del CDN al respecto.
i) La Asociación abonará al INAEM la cantidad de doscientos euros (200,00 €)
exentos de IVA, por cada una de las representaciones en gira, no abonando ninguna
cantidad por las que se realicen en la Sala Princesa del Teatro María Guerrero.
j) A partir de once (11) representaciones en la misma plaza, La Asociación abonará
al INAEM la cantidad de ciento cincuenta euros (150,00 €) exentos de IVA, desde la
primera representación.
k) A partir de veintiuna (21) representaciones en la misma plaza, La Asociación
abonará al INAEM la cantidad de cien euros (100,00 €) exentos de IVA, desde la primera
representación.
Una vez finalizada la exhibición total de la obra «Roland mon amour», se acordará
entre las partes el reparto, almacenaje, destrucción, venta o reciclaje de todos los activos
de la obra en el marco de la comisión de seguimiento prevista en la cláusula novena.
Novena.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Para la gestión del objeto de este convenio se constituirá una comisión de
seguimiento cuyos interlocutores serán: por parte del INAEM, el/la titular de Dirección de
Producción del CDN y el/la titular de la dirección adjunta del CDN, o personas en quien
deleguen; y por la de La Asociación, el/la Presidente/a y el/la Vicepresidente/a, o
cve: BOE-A-2025-3173
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Activos.