Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Política de Gobierno del Dato. (BOE-A-2025-3156)
Orden INT/160/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueba la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
2.
Sec. III. Pág. 22678
El ámbito de actuación que, al menos, incluirá:
2.1 Gestión de metadatos.
2.2 Calidad de los datos.
2.3 Modelización y arquitectura de datos.
2.4 Ética de los datos.
2.5 Analítica de datos.
2.6 Evaluación, seguimiento y certificación.
2.7 Intercambio e interoperabilidad.
El SGDatoMIR presenta los siguientes niveles de desarrollo:
– Primer nivel: PGDatoMIR, aprobada por Orden Ministerial e integrada en la
normativa reguladora del Ministerio del Interior.
– Segundo nivel: Procesos de gobierno del dato del Ministerio del Interior que
concretarán el diseño, desarrollo e implantación de los procesos, técnicas y operaciones
de gestión del dato, siendo aplicados de manera continua sobre todas las etapas del
ciclo de vida de los datos para los que se garantizará su autenticidad, integridad,
confidencialidad, disponibilidad, trazabilidad y garantía de la cadena de custodia.
– Tercer nivel: Guías e instrucciones que establecerán aspectos prácticos del
gobierno del dato, así como todas aquellas herramientas que se estimen necesarias.
El SGDatoMIR se basa en la gestión responsable y eficiente de los datos para
optimizar la forma de trabajar, evitar duplicidades y priorizar la compartición de la
información en toda la organización, lo que facilitará el cambio de relación con la
ciudadanía hacia un modelo más proactivo y personalizado.
Los procesos de gobierno del dato del Ministerio del Interior deben:
La secretaría de la CMAD llevará un registro y archivo en soporte electrónico de toda
la documentación derivada o relacionada con la aplicación de la PGDatoMIR que sea
evidencia de su cumplimiento, y de cuanta información se derive de su implementación a
efectos de control y seguimiento.
V.
Plan de formación
Los empleados públicos del Ministerio del Interior recibirán formación específica y
adecuada a las funciones que tienen que asumir en la implementación de la PGDatoMIR.
A tal fin se incluirán en el Plan de Formación del Ministerio del Interior líneas
estratégicas y acciones específicas, tanto para el desarrollo de capacidades digitales
cve: BOE-A-2025-3156
Verificable en https://www.boe.es
– Establecer un modelo común, basado en estándares, que se adapte a las
necesidades específicas de cada centro directivo, con la participación corresponsable de
todas las unidades.
– Implementar la gestión basada en datos, a partir de la adopción de estándares que
garanticen la homogeneidad semántica y sintáctica de los datos y la trazabilidad de los
términos de negocio.
– Garantizar el criterio de dato único a través de la colaboración entre los órganos y
sistemas que custodian un mismo dato y la identificación unívoca de la fuente más fiable,
siempre que sea posible, en origen.
– Garantizar el acceso a los datos según la normativa y estándares de seguridad,
limitando dicho acceso cuando puedan afectar a la seguridad nacional, la seguridad
pública o la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales.
– Maximizar la reutilización de datos sin menoscabo del respeto a los límites
normativos de aplicación.
– Promover la mejora de la actuación administrativa basada en el uso de tecnologías
avanzadas y analítica de datos.
– Facilitar la toma de decisiones basadas en datos.
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
2.
Sec. III. Pág. 22678
El ámbito de actuación que, al menos, incluirá:
2.1 Gestión de metadatos.
2.2 Calidad de los datos.
2.3 Modelización y arquitectura de datos.
2.4 Ética de los datos.
2.5 Analítica de datos.
2.6 Evaluación, seguimiento y certificación.
2.7 Intercambio e interoperabilidad.
El SGDatoMIR presenta los siguientes niveles de desarrollo:
– Primer nivel: PGDatoMIR, aprobada por Orden Ministerial e integrada en la
normativa reguladora del Ministerio del Interior.
– Segundo nivel: Procesos de gobierno del dato del Ministerio del Interior que
concretarán el diseño, desarrollo e implantación de los procesos, técnicas y operaciones
de gestión del dato, siendo aplicados de manera continua sobre todas las etapas del
ciclo de vida de los datos para los que se garantizará su autenticidad, integridad,
confidencialidad, disponibilidad, trazabilidad y garantía de la cadena de custodia.
– Tercer nivel: Guías e instrucciones que establecerán aspectos prácticos del
gobierno del dato, así como todas aquellas herramientas que se estimen necesarias.
El SGDatoMIR se basa en la gestión responsable y eficiente de los datos para
optimizar la forma de trabajar, evitar duplicidades y priorizar la compartición de la
información en toda la organización, lo que facilitará el cambio de relación con la
ciudadanía hacia un modelo más proactivo y personalizado.
Los procesos de gobierno del dato del Ministerio del Interior deben:
La secretaría de la CMAD llevará un registro y archivo en soporte electrónico de toda
la documentación derivada o relacionada con la aplicación de la PGDatoMIR que sea
evidencia de su cumplimiento, y de cuanta información se derive de su implementación a
efectos de control y seguimiento.
V.
Plan de formación
Los empleados públicos del Ministerio del Interior recibirán formación específica y
adecuada a las funciones que tienen que asumir en la implementación de la PGDatoMIR.
A tal fin se incluirán en el Plan de Formación del Ministerio del Interior líneas
estratégicas y acciones específicas, tanto para el desarrollo de capacidades digitales
cve: BOE-A-2025-3156
Verificable en https://www.boe.es
– Establecer un modelo común, basado en estándares, que se adapte a las
necesidades específicas de cada centro directivo, con la participación corresponsable de
todas las unidades.
– Implementar la gestión basada en datos, a partir de la adopción de estándares que
garanticen la homogeneidad semántica y sintáctica de los datos y la trazabilidad de los
términos de negocio.
– Garantizar el criterio de dato único a través de la colaboración entre los órganos y
sistemas que custodian un mismo dato y la identificación unívoca de la fuente más fiable,
siempre que sea posible, en origen.
– Garantizar el acceso a los datos según la normativa y estándares de seguridad,
limitando dicho acceso cuando puedan afectar a la seguridad nacional, la seguridad
pública o la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales.
– Maximizar la reutilización de datos sin menoscabo del respeto a los límites
normativos de aplicación.
– Promover la mejora de la actuación administrativa basada en el uso de tecnologías
avanzadas y analítica de datos.
– Facilitar la toma de decisiones basadas en datos.