Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-3176)
Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Martes 18 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 22822

Los proyectos que no superen los umbrales previstos en los criterios 1, 2 y 3 no
podrán ser objeto de ayuda. Estos criterios se evaluarán secuencialmente, de forma que
si no se supera el umbral del criterio 1 no se continuará con la evaluación,
desestimándose la propuesta, y lo mismo ocurrirá con los criterios 2 y 3.
Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50
puntos.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación y a efectos de resolver el
empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la
valoración del criterio 1. Si se mantuviera el empate, se decidirá a favor de la solicitud
que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 2, 3 y 4, por este orden; y si
persistiera el empate, este se arbitrará finalmente a favor de la solicitud que tenga mayor
porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto.
h.

Programas Estratégicos de I+D+I de ayudas Cervera a Centros Tecnológicos.

Criterio

Explicación

Puntuación Umbral

Objetivos estratégicos de investigación y desarrollo y viabilidad del programa estratégico.
1

Se valorará la excelencia de los centros en la tecnología Cervera seleccionada, cómo se prevé que se fortalezcan las
capacidades de investigación y desarrollo del centro tras el proyecto, el impacto previsto respecto a la colaboración
con empresas y el impacto socioeconómico del plan comparando la situación actual con la futura tras la colaboración,
así como la adecuación de los medios materiales y económicos del proyecto, la gobernanza y la planificación
temporal de la estrategia.

0-40

28

0-20

14

0-20

14

0 – 20

14

Actividades de formación e incorporación de recursos humanos.
2

Se valorará el incremento en la calidad de las actuaciones de formación predoctoral, posdoctoral y de personal
técnico con datos cualitativos y cuantitativos fácilmente certificables. La capacidad de atracción de talento nacional e
internacional, así como las actuaciones encaminadas a fomentar la igualdad de género y la integración de personas
con discapacidad, comparando la situación actual con la futura tras la finalización del proyecto.
Internacionalización.

3

Se valorará el incremento o mejora de la movilización de empresas en proyectos internacionales, la participación en
el Programa Marco de I+D+I o en el Espacio Europeo de Investigación, la participación en redes y colaboraciones
internacionales con centros de investigación y universidades, así como en sociedades y foros internacionales,
comparando la situación actual con la futura y con datos cualitativos y cuantitativos fácilmente certificables.
Explotación y difusión de resultados.
Se valorarán las acciones de transferencia de tecnología, generación de patentes y otras formas de protección de la
propiedad industrial e intelectual, así como de dinamización de la inversión empresarial, la generación de spin-off y la
difusión de actividades de la agrupación y comparando la situación actual con la futura tras la finalización del proyecto
con datos cualitativos y cuantitativos fácilmente certificables.

Los proyectos que no superen los umbrales previstos en los criterios no podrán ser
objeto de ayuda. Estos criterios se evaluarán secuencialmente, de forma que si no se
supera el umbral del criterio 1 no se continuará con la evaluación, desestimándose la
propuesta, y lo mismo ocurrirá con los criterios 2, 3 y 4.
Una solicitud solo podrá ser propuesta para financiación si cumple las siguientes
condiciones:
Puntuación total superior a 70 puntos en la valoración del programa estratégico de
investigación y desarrollo, siempre que haya superado los umbrales establecidos en los
criterios de evaluación establecidos en la tabla anterior.
En los casos de solicitudes, de las convocatorias anteriormente definidas, que
obtengan igual puntuación y a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de
la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si se mantuviera
el empate, se decidirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la
valoración de los criterios 2, 3 y 4, por este orden. En caso de que persistiera el empate

cve: BOE-A-2025-3176
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