Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-3176)
Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Criterio
Sec. III. Pág. 22821
Explicación
Puntuación Umbral
Capacidad de la empresa.
2
En este apartado se valorará la adecuación de la propuesta a las actividades y estrategia de la empresa solicitante,
los recursos humanos y la capacidad tecnológica y productiva de la empresa a la propuesta y la capacidad de la
empresa para la explotación de los resultados de la propuesta y para alcanzar los objetivos del mercado.
0-35
15
Impacto socio económico de la propuesta.
3
En este apartado se valorará la creación de empleo directo e indirecto, la inversión privada movilizada, el impacto de
la actuación en la zona, en las pymes.
0-20
Accesibilidad, sostenibilidad y perspectiva de género de la propuesta.
4
En este apartado se valorará las medidas de accesibilidad vinculadas a la propuesta, la orientación y enfoque de la
propuesta hacia la perspectiva de género, así como las medidas medioambientales y la sostenibilidad de la
propuesta.
0-10
Los proyectos que no superen el umbral previsto en los criterios 1 y 2 no podrán ser
objeto de ayuda. Estos criterios se evaluarán secuencialmente, de forma que si no se
supera el umbral del criterio 1 no se continuará con la evaluación del resto de los
criterios, y si posteriormente no se supera el umbral del criterio 2 tampoco se evaluarán
el resto de los criterios.
Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50
puntos.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, y a efectos de resolver el
empate, se dirimirá a favor de la solicitud con mayor valoración del criterio 1. Si se
mantuviera el empate, se decidirá a favor de la solicitud que obtenga mayor valoración
de los criterios 2, 3, y 4, por este orden. Si persistiera el empate, se arbitrará finalmente a
favor de la solicitud que presente un mayor porcentaje de mujeres participantes en el
desarrollo del proyecto.
g.
Ayudas NEOTEC.
Criterio
Explicación
Puntuación Umbral
Tecnología e innovación del proyecto.
1
Se valorará la tecnología propuesta, la necesidad tecnológica y su valor diferencial, la innovación y el reto técnico. Así
mismo, se analizará el plan de gestión de la propiedad intelectual e industrial. También se tendrán en cuenta la
calidad y claridad de la presentación de la propuesta.
0-30
21
0-30
15
0-30
15
Plan de explotación comercial del proyecto.
2
Se valorará el modelo de negocio, la previsión de generación de ingresos, el mercado potencial, las barreras de
entrada al mercado, la competencia y las ventajas del producto/proceso/servicio.
3
Se valorarán la competencia y la formación y experiencia profesional previas en relación con el proyecto. También se
tendrá en cuenta el grado de compromiso y la dedicación del equipo técnico y gestor con el proyecto empresarial y la
capacidad de relación. También se valorará la vinculación del equipo con redes y entornos de apoyo al
emprendimiento.
Impacto socioeconómico y medio ambiental.
4
Se valorará la creación de empleo de calidad prevista en el plan de negocio (considerando, por ejemplo, contratos
indefinidos, flexibilidad horaria y medidas de conciliación); la inclusión de la perspectiva de género en la propuesta;
las actuaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad de la tecnología para colectivos vulnerables (como personas con
bajo nivel de renta; entornos rurales; tercera edad; sin destrezas digitales; baja cualificación; discapacidad; con
enfermedades crónicas o graves) y el enfoque hacia la resolución de retos sociales y de sostenibilidad alineados con
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
0-10
cve: BOE-A-2025-3176
Verificable en https://www.boe.es
Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial.
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Criterio
Sec. III. Pág. 22821
Explicación
Puntuación Umbral
Capacidad de la empresa.
2
En este apartado se valorará la adecuación de la propuesta a las actividades y estrategia de la empresa solicitante,
los recursos humanos y la capacidad tecnológica y productiva de la empresa a la propuesta y la capacidad de la
empresa para la explotación de los resultados de la propuesta y para alcanzar los objetivos del mercado.
0-35
15
Impacto socio económico de la propuesta.
3
En este apartado se valorará la creación de empleo directo e indirecto, la inversión privada movilizada, el impacto de
la actuación en la zona, en las pymes.
0-20
Accesibilidad, sostenibilidad y perspectiva de género de la propuesta.
4
En este apartado se valorará las medidas de accesibilidad vinculadas a la propuesta, la orientación y enfoque de la
propuesta hacia la perspectiva de género, así como las medidas medioambientales y la sostenibilidad de la
propuesta.
0-10
Los proyectos que no superen el umbral previsto en los criterios 1 y 2 no podrán ser
objeto de ayuda. Estos criterios se evaluarán secuencialmente, de forma que si no se
supera el umbral del criterio 1 no se continuará con la evaluación del resto de los
criterios, y si posteriormente no se supera el umbral del criterio 2 tampoco se evaluarán
el resto de los criterios.
Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50
puntos.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, y a efectos de resolver el
empate, se dirimirá a favor de la solicitud con mayor valoración del criterio 1. Si se
mantuviera el empate, se decidirá a favor de la solicitud que obtenga mayor valoración
de los criterios 2, 3, y 4, por este orden. Si persistiera el empate, se arbitrará finalmente a
favor de la solicitud que presente un mayor porcentaje de mujeres participantes en el
desarrollo del proyecto.
g.
Ayudas NEOTEC.
Criterio
Explicación
Puntuación Umbral
Tecnología e innovación del proyecto.
1
Se valorará la tecnología propuesta, la necesidad tecnológica y su valor diferencial, la innovación y el reto técnico. Así
mismo, se analizará el plan de gestión de la propiedad intelectual e industrial. También se tendrán en cuenta la
calidad y claridad de la presentación de la propuesta.
0-30
21
0-30
15
0-30
15
Plan de explotación comercial del proyecto.
2
Se valorará el modelo de negocio, la previsión de generación de ingresos, el mercado potencial, las barreras de
entrada al mercado, la competencia y las ventajas del producto/proceso/servicio.
3
Se valorarán la competencia y la formación y experiencia profesional previas en relación con el proyecto. También se
tendrá en cuenta el grado de compromiso y la dedicación del equipo técnico y gestor con el proyecto empresarial y la
capacidad de relación. También se valorará la vinculación del equipo con redes y entornos de apoyo al
emprendimiento.
Impacto socioeconómico y medio ambiental.
4
Se valorará la creación de empleo de calidad prevista en el plan de negocio (considerando, por ejemplo, contratos
indefinidos, flexibilidad horaria y medidas de conciliación); la inclusión de la perspectiva de género en la propuesta;
las actuaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad de la tecnología para colectivos vulnerables (como personas con
bajo nivel de renta; entornos rurales; tercera edad; sin destrezas digitales; baja cualificación; discapacidad; con
enfermedades crónicas o graves) y el enfoque hacia la resolución de retos sociales y de sostenibilidad alineados con
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
0-10
cve: BOE-A-2025-3176
Verificable en https://www.boe.es
Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial.