Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Ceses. (BOE-A-2025-3131)
Decreto de 13 de enero de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de don Gabriel Bernal del Castillo como Fiscal Delegado de Delitos Económicos en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Martes 18 de febrero de 2025

Sec. II.A. Pág. 22532

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO FISCAL
3131

Decreto de 13 de enero de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se
acepta la renuncia de don Gabriel Bernal del Castillo como Fiscal Delegado
de Delitos Económicos en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias.

El 20 de diciembre de 2024 la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad
Autónoma del Principado de Asturias remitió a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General
del Estado escrito del Fiscal de esa Fiscalía, Ilmo. Sr. don Gabriel Bernal del Castillo, en
el que renuncia voluntariamente al cargo de Fiscal Delegado de la especialidad de
delitos económicos.
Hechos
Único.
Don Gabriel Bernal del Castillo fue nombrado Fiscal Delegado de Delitos
Económicos de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias por
Decreto del Fiscal General del Estado de 22 de enero de 2016. Por Real
Decreto 1036/2024, de 8 de octubre de 2024 (BOE de 9 de octubre de 2024), don
Gabriel fue nombrado Teniente Fiscal de la referida Fiscalía. En el escrito remitido
justifica la renuncia al cargo por estar desempeñando el cargo de Teniente Fiscal, lo que
le priva del tiempo de dedicación necesario que requiere la delegación.
El 8 de enero de 2025 se dio traslado de la renuncia al Fiscal de Sala Coordinador de
la Unidad Especializada de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado, no
formulando objeción a la misma.
Fundamentos

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prevé la posibilidad de creación de
Secciones especializadas en las Fiscalías Territoriales, cuando se requiera una
organización específica por su singularidad o por el volumen de actuaciones que
generen. Dichas Secciones podrán estar dirigidas por un Fiscal Decano, y a ellas serán
adscritos uno o varios Fiscales pertenecientes a la plantilla de la Fiscalía (artículo 18.3,
párrafo II).
Por su parte el Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los Fiscales Delegados especialistas,
tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados,
mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a
propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o
Delegado (artículo 62.2).
La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado sobre adaptación del sistema
de nombramiento y estatus de los delegados de las secciones especializadas de las
Fiscalías y del régimen interno de comunicación y relación con las áreas de
especialización delegadas tras la reforma del EOMF operada por Ley 24/2007 de 9 de
octubre, complementa las anteriores disposiciones al establecer que el nombramiento y

cve: BOE-A-2025-3131
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Primero.