Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-3094)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la instalación fotovoltaica «Mantia Solar 2», de 109,98 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra, Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena (Toledo) y de Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla (Madrid).
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22250
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo expresando conformidad y aportando el
documento «Acuerdo de colaboración, Solaria, Minersa y Sepiolsa», firmado en fecha
de 23 de julio de 2024, en virtud del cual, todas las partes firmantes del documento
consideran compatibles el desarrollo del proyecto de línea de evacuación LASAT
Parla 220kV y las Concesiones Mineras sobre las que se proyecta dicha infraestructura,
cuya titularidad corresponde a SEPIOLSA y MINERSA (C 2763-114(1) Parla Velasco
SEPIOLSA A48175848, 6 de abril de 2024. Otorgado C 2763-111(2) Parla Minerales y
Productos Derivados SA A48008502, 4 de abril de 2016. Otorgado. Prórroga solicitada).
En virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, formarán parte de
la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión
con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía
eléctrica.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación fotovoltaica «Mantia
Solar 2» de 109,98 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los
términos municipales de Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra,
Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo, y de
Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla,
en la provincia de Madrid, con la relación concreta e individualizada de los bienes y
derechos afectados presentados por el promotor y publicada los días 2 y 3 de noviembre
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo», el 23 de noviembre de 2023 en
el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y el 16 de noviembre de 2023 en el
«Boletín Oficial del Estado», a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que
sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el
condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la
instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del
Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 7 de enero de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-3094
Verificable en https://www.boe.es
Único.
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22250
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo expresando conformidad y aportando el
documento «Acuerdo de colaboración, Solaria, Minersa y Sepiolsa», firmado en fecha
de 23 de julio de 2024, en virtud del cual, todas las partes firmantes del documento
consideran compatibles el desarrollo del proyecto de línea de evacuación LASAT
Parla 220kV y las Concesiones Mineras sobre las que se proyecta dicha infraestructura,
cuya titularidad corresponde a SEPIOLSA y MINERSA (C 2763-114(1) Parla Velasco
SEPIOLSA A48175848, 6 de abril de 2024. Otorgado C 2763-111(2) Parla Minerales y
Productos Derivados SA A48008502, 4 de abril de 2016. Otorgado. Prórroga solicitada).
En virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, formarán parte de
la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión
con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía
eléctrica.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación fotovoltaica «Mantia
Solar 2» de 109,98 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los
términos municipales de Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra,
Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo, y de
Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla,
en la provincia de Madrid, con la relación concreta e individualizada de los bienes y
derechos afectados presentados por el promotor y publicada los días 2 y 3 de noviembre
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo», el 23 de noviembre de 2023 en
el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y el 16 de noviembre de 2023 en el
«Boletín Oficial del Estado», a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que
sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el
condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la
instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del
Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 7 de enero de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-3094
Verificable en https://www.boe.es
Único.