Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Hidrocarburos. (BOE-A-2025-3086)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución «Reposición definitiva del servicio y ampliación de la capacidad en EC Euskadour» en Irún (Guipúzcoa).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22161
Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de gas natural; la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia; la
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; y la Orden del Ministerio de Industria de 18 de
noviembre de 1974, por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de
Combustibles Gaseosos, la Circular 9/2019, de 19 de diciembre, por la que se determina
la metodología de retribución de las actividades reguladas de transporte y de
regasificación de gas natural y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, por la que se
establecen los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y
mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026 y los requisitos mínimos para las
auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y
plantas de gas natural licuado y teniendo en cuenta que la empresa ha acreditado
suficientemente los requisitos exigidos por el artículo 67.2 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
1.ª En todo momento la empresa ENAGAS deberá cumplir, en relación con la
modificación de la E.C. de Euskadour, objeto de este proyecto, cuanto se establece en la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos así como en las disposiciones
y reglamentaciones que la complementen y desarrollen; en el Real Decreto 1434/2002,
de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas
natural, en la legislación sobre evaluación de impacto ambiental así como en las
disposiciones legislativas en materia de ordenación del territorio; en la Ley 21/1992,
de 16 de julio, de Industria, así como en las normas y disposiciones reglamentarias de
desarrollo y aplicación de la misma.
2.ª La construcción de las instalaciones de transporte que se autorizan por esta
resolución habrá de realizarse de acuerdo con el documento técnico denominado
«Reposición definitiva del servicio y ampliación de capacidad en EC Euskadour», en el
término municipal de Irún (Guipúzcoa), de septiembre de 2023. Este documento técnico
ha sido suscrito por Ingeniero Industrial, con número de colegiado 20751 del Colegio
Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid mediante declaración responsable, de
fecha 19 de octubre de 2023, y presentado por la empresa ENAGAS en esta Dirección
General, y en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Gipuzkoa.
Las instalaciones objeto de este proyecto se localizan íntegramente dentro del
término municipal de Irún donde se encuentra la Estación de Compresión (EC) existente,
próxima a la posición 41.10.01, última posición del gasoducto «Bergara – Irún – Frontera
Francesa». Esta Estación es de tipo intemperie, se encuentra totalmente automatizada y
posee una presión máxima de servicio de 80 bares.
Tras la ejecución del proyecto, la potencia de compresión instalada alcanzará
los 7.732 kW frente a los 5.590 kW actuales en cada una de las unidades de
cve: BOE-A-2025-3086
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a la empresa Enagás Transporte, SAU (en adelante, ENAGAS), autorización
administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones del proyecto
denominado «Reposición definitiva del servicio y ampliación de capacidad en el EC
Euskadour», en el término municipal de Irún, provincia de Guipúzcoa.
La presente resolución sobre autorización de construcción de las instalaciones del
referido proyecto se otorga al amparo de lo dispuesto en el título IV del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, y con sujeción a las condiciones que figuran a
continuación.
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22161
Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de gas natural; la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia; la
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; y la Orden del Ministerio de Industria de 18 de
noviembre de 1974, por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de
Combustibles Gaseosos, la Circular 9/2019, de 19 de diciembre, por la que se determina
la metodología de retribución de las actividades reguladas de transporte y de
regasificación de gas natural y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, por la que se
establecen los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y
mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026 y los requisitos mínimos para las
auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y
plantas de gas natural licuado y teniendo en cuenta que la empresa ha acreditado
suficientemente los requisitos exigidos por el artículo 67.2 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
1.ª En todo momento la empresa ENAGAS deberá cumplir, en relación con la
modificación de la E.C. de Euskadour, objeto de este proyecto, cuanto se establece en la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos así como en las disposiciones
y reglamentaciones que la complementen y desarrollen; en el Real Decreto 1434/2002,
de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas
natural, en la legislación sobre evaluación de impacto ambiental así como en las
disposiciones legislativas en materia de ordenación del territorio; en la Ley 21/1992,
de 16 de julio, de Industria, así como en las normas y disposiciones reglamentarias de
desarrollo y aplicación de la misma.
2.ª La construcción de las instalaciones de transporte que se autorizan por esta
resolución habrá de realizarse de acuerdo con el documento técnico denominado
«Reposición definitiva del servicio y ampliación de capacidad en EC Euskadour», en el
término municipal de Irún (Guipúzcoa), de septiembre de 2023. Este documento técnico
ha sido suscrito por Ingeniero Industrial, con número de colegiado 20751 del Colegio
Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid mediante declaración responsable, de
fecha 19 de octubre de 2023, y presentado por la empresa ENAGAS en esta Dirección
General, y en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Gipuzkoa.
Las instalaciones objeto de este proyecto se localizan íntegramente dentro del
término municipal de Irún donde se encuentra la Estación de Compresión (EC) existente,
próxima a la posición 41.10.01, última posición del gasoducto «Bergara – Irún – Frontera
Francesa». Esta Estación es de tipo intemperie, se encuentra totalmente automatizada y
posee una presión máxima de servicio de 80 bares.
Tras la ejecución del proyecto, la potencia de compresión instalada alcanzará
los 7.732 kW frente a los 5.590 kW actuales en cada una de las unidades de
cve: BOE-A-2025-3086
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a la empresa Enagás Transporte, SAU (en adelante, ENAGAS), autorización
administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones del proyecto
denominado «Reposición definitiva del servicio y ampliación de capacidad en el EC
Euskadour», en el término municipal de Irún, provincia de Guipúzcoa.
La presente resolución sobre autorización de construcción de las instalaciones del
referido proyecto se otorga al amparo de lo dispuesto en el título IV del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, y con sujeción a las condiciones que figuran a
continuación.