Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Infraestructuras ferroviarias. (BOE-A-2025-3106)
Acuerdo de 30 de enero de 2025, del Pleno del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Comunicación 2/2022, de 26 de julio, sobre la orientación a costes de los precios en instalaciones de servicio ferroviarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Lunes 17 de febrero de 2025

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versen, en particular, sobre: 3.º la cuantía, la estructura o la aplicación de los cánones,
tarifas y precios que se les exijan o puedan exigírseles».
7. El artículo 11.1.h) habilita a la CNMC para comprobar el cumplimiento de las
disposiciones contables aplicables. Para comprobar los costes de prestación de los
servicios en instalaciones ferroviarias, la CNMC «podrá realizar o encargar la realización
de auditorías a los administradores de infraestructuras, a los explotadores de instalaciones
de servicio y, en su caso, a las empresas ferroviarias».
8. Por lo tanto, la CNMC es competente para supervisar y adoptar medidas
relativas a los precios en instalaciones de servicio ferroviarias.
9. El artículo 30.3 de la misma ley de creación de la CNMC establece que esta
Comisión «podrá dictar comunicaciones que aclaren los principios que guían su
actuación».
3.

Consideraciones previas

10. La Comunicación estableció los criterios para supervisar los precios de acceso
a las instalaciones ferroviarias y de los servicios que en ellas se prestan. En particular, la
Comunicación clarifica los criterios para determinar los costes imputables a los servicios,
y asimila el concepto de beneficio razonable al del coste medio ponderado del capital (en
adelante, WACC, por sus siglas en inglés, weighted average cost of capital), al tiempo
que desarrolla una metodología para su cálculo.
11. Esta metodología determina que el coste de la deuda de los explotadores que
no pertenecen a los grupos empresariales de RENFE y ADIF se calcula mediante la
media aritmética de los valores contenidos en una serie de tipos de interés estimados
por la encuesta de acceso a la financiación del Banco Central Europeo(1). Como esta
serie ha dejado de estar disponible a partir del segundo semestre de 2022, resulta
necesario encontrar una referencia alternativa.
(1)
Serie con referencia SAFE.H.ES.ALL.A.0.0.0.Q8B.ZZZZ.NT.AL.WA, que se publicaba en la página
web de estadísticas del Banco Central Europeo.
https://data.ecb.europa.eu/data/datasets/SAFE/SAFE.H.ES.ALL.A.0.0.0.Q8B.ZZZZ.%20NT.AL.WA

12. La Resolución de la CNMC de 15 de noviembre de 2024 por la que se actualizó
el WACC(2) indicó que esta alternativa «será la que publica el Banco de España (en
adelante, BdE) del tipo sintético de nuevas operaciones de créditos y préstamos aplicado
por las instituciones financieras monetarias a sociedades no financieras». El BdE publica
tres series de tipos de interés, según el importe de las nuevas operaciones de créditos y
préstamos, y las tres vienen registrando un patrón similar durante los últimos semestres
(ver Gráfico 1). Dado que no se tiene información sobre el importe de las nuevas
operaciones de créditos y préstamos a los explotadores de instalaciones de servicio, en
esa resolución se estableció que el coste de la deuda de estos explotadores se calculará
como «la media aritmética de los últimos cinco años de las tres series».
Resolución por la cual se determina el coste medio ponderado del capital en aplicación de la
Comunicación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de 26 de julio de 2022, sobre la
orientación a costes de los precios en instalaciones de servicio ferroviarias (STP/DTSP/062/24).

cve: BOE-A-2025-3106
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