Comunidad Autónoma de Galicia. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-2977)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, por la que se incoa procedimiento para declarar bien de interés cultural del patrimonio inmaterial el Juego de los Bolos de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Sábado 15 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 21426

ANEXO II
Medidas de salvaguarda

cve: BOE-A-2025-2977
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 1 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, tiene
como objetivo la protección, la conservación, la difusión y el fomento del patrimonio
cultural de Galicia constituido por los bienes y las manifestaciones inmateriales que, por
su valor, deban ser considerados como de interés para la cultura gallega a través del
tiempo y, también por aquellos bienes y manifestaciones inmateriales de interés para
Galicia en los que concurra alguno de los valores señalados y que se encuentren en
Galicia, con independencia del lugar en el que se hayan creado.
El artículo 9.3 de dicha ley establece que se consideran bienes del patrimonio
cultural inmaterial los usos, las representaciones, las expresiones, los conocimientos y
las técnicas, junto con los instrumentos, los objetos, los artefactos y los espacios
culturales que les son inherentes, que las comunidades, los grupos y, en algunos casos,
los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. En concreto,
en el apartado 4 de este artículo se incluyen «las artes del espectáculo, en especial, la
danza y la música, las representaciones, los juegos y los deportes».
Al mismo tiempo, el artículo 91 dispone que integran el patrimonio etnológico de
Galicia los lugares, los bienes muebles o inmuebles, las expresiones, así como las
creencias, los conocimientos, actividades y las técnicas transmitidas por tradición, que se
consideren relevantes o expresión testimonial significativa de la identidad, la cultura y las
formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia.
Las medidas generales de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial
comprometen a las administraciones públicas, dentro de sus competencias y
disponibilidades presupuestarias, a garantizar su viabilidad, principalmente su
identificación, su documentación, su registro, su investigación, su preservación, su
protección, su promoción, su valorización, su transmisión y su revitalización.
En consecuencia, es conveniente proceder al archivo y a la sistematización de los
documentos relacionados con este patrimonio cultural para poder tener una comprensión
más eficaz y completa del mismo, y su difusión debe ser incorporada a la enseñanza,
tanto la formal como la no reglamentada, y realizar su difusión para mejorar su
transmisión.
La documentación y la recogida de testimonios, material audiovisual y la recopilación
de otros registros de interés deberían ser sistematizadas y puestas a disposición de las
personas interesadas.
Asimismo, es necesario continuar con la realización del Juego de los Bolos de
Galicia, promovidos por las más diversas entidades, comprometidas con la tradición y su
necesaria transmisión como ejemplo de cohesión cultural e identidad colectiva.
Del mismo modo, es necesario continuar con el reconocimiento a los jugadores y a
las jugadoras y homenajear a las generaciones transmisoras.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X