Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-2924)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Mutualidad General Judicial y el Instituto Gallego de Estadística, para la cesión de información de afiliación de mutualistas con fines exclusivamente estadísticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20955
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2924
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio entre la Mutualidad General Judicial y el Instituto Gallego
de Estadística, para la cesión de información de afiliación de mutualistas con
fines exclusivamente estadísticos.
La Gerente de la Mutualidad General Judicial y el Director del Instituto Gallego de
Estadística han suscrito, con fecha de 27 de enero de 2025, un convenio para la cesión
de información de afiliación de mutualistas con fines exclusivamente estadísticos.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 10 de febrero de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio entre la Mutualidad General Judicial y el Instituto Gallego de Estadística
para la cesión de información de afiliación de mutualistas con fines
exclusivamente estadísticos
REUNIDOS
De una parte, doña Juana María Gómez Valle, gerente de la Mutualidad General
Judicial, nombrada por Acuerdo de la Directora General de Servicios, por delegación del
Secretario de Estado de Justicia, de fecha 5 de febrero de 2024, en virtud de las
facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, Ley 40/2015, de 1 de octubre), y el
artículo 12 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de
la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.
De otra, don José Antonio Campo Andión, director del Instituto Gallego de
Estadística, nombrado por Decreto 295/2009, de 14 de mayo, actuando en virtud de las
facultades que le confieren el artículo 41 de la Ley 9/1988, de 19 de julio, de Estadística
de Galicia y el artículo 15 del Decreto 60/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el
Estatuto del organismo autónomo Instituto Gallego de Estadística.
EXPONEN
Uno.
Que, de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de
reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial
(en adelante, MUGEJU), MUGEJU es un organismo público dotado de personalidad
jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como de autonomía de
gestión en los términos establecidos para los organismos autónomos en la Ley 40/2015,
cve: BOE-A-2025-2924
Verificable en https://www.boe.es
Las partes se reconocen con capacidad suficiente para suscribir este convenio y a tal
efecto
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20955
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2924
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio entre la Mutualidad General Judicial y el Instituto Gallego
de Estadística, para la cesión de información de afiliación de mutualistas con
fines exclusivamente estadísticos.
La Gerente de la Mutualidad General Judicial y el Director del Instituto Gallego de
Estadística han suscrito, con fecha de 27 de enero de 2025, un convenio para la cesión
de información de afiliación de mutualistas con fines exclusivamente estadísticos.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 10 de febrero de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio entre la Mutualidad General Judicial y el Instituto Gallego de Estadística
para la cesión de información de afiliación de mutualistas con fines
exclusivamente estadísticos
REUNIDOS
De una parte, doña Juana María Gómez Valle, gerente de la Mutualidad General
Judicial, nombrada por Acuerdo de la Directora General de Servicios, por delegación del
Secretario de Estado de Justicia, de fecha 5 de febrero de 2024, en virtud de las
facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, Ley 40/2015, de 1 de octubre), y el
artículo 12 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de
la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.
De otra, don José Antonio Campo Andión, director del Instituto Gallego de
Estadística, nombrado por Decreto 295/2009, de 14 de mayo, actuando en virtud de las
facultades que le confieren el artículo 41 de la Ley 9/1988, de 19 de julio, de Estadística
de Galicia y el artículo 15 del Decreto 60/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el
Estatuto del organismo autónomo Instituto Gallego de Estadística.
EXPONEN
Uno.
Que, de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de
reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial
(en adelante, MUGEJU), MUGEJU es un organismo público dotado de personalidad
jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como de autonomía de
gestión en los términos establecidos para los organismos autónomos en la Ley 40/2015,
cve: BOE-A-2025-2924
Verificable en https://www.boe.es
Las partes se reconocen con capacidad suficiente para suscribir este convenio y a tal
efecto