Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2842)
Resolución de 5 de febrero de 2025, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Vigo, para la conexión mediante fibra óptica entre edificios del Consorcio y la colocación de paneles informativos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Viernes 14 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20290

monomodo entre diferentes recintos y edificaciones propiedad del Consorcio, así como a la
instalación de 3 postes con paneles informativos de señalización variable en vías públicas, y
este último cede al Ayuntamiento de Vigo 12 fibras ópticas monomodo a lo largo de la
distancia antes indicada.
Segundo.
Que la cláusula segunda del convenio señalado establece una vigencia de cuatro
años con posibilidad de prorrogarse por otros cuatro años más.
Tercero.
Que en las cláusulas tercera, cuarta y quinta se establecían una serie de
obligaciones para las partes, ligadas a la puesta en marcha y despliegue de la
instalación, que ya han sido ejecutadas.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.

Objeto.

Prorrogar por cuatro años más el convenio, cuyo objeto es posibilitar y
establecer el marco mediante el cual el Ayuntamiento de Vigo autoriza al Consorcio
de la Zona Franca de Vigo a hacer uso de las canalizaciones y acometidas de fibra
óptica de la red semafórica municipal, a lo largo de unos 14 kilómetros
aproximadamente, para hacer posible la conexión con fibra óptica monomodo entre
diferentes recintos y edificaciones propiedad del Consorcio, así como a la
instalación de 3 postes con paneles informativos de señalización variable en vías
públicas, y este último cede al Ayuntamiento de Vigo 12 fibras ópticas monomodo a
lo largo de la distancia antes indicada, formalizado entre el CZFV y el Ayuntamiento
de Vigo, publicado en el BOE el día 21 de enero de 2021, de conformidad con lo
dispuesto en la cláusula segunda.
Segundo.

Compromisos económicos.

Modificar la cláusula tercera al haberse ejecutado la instalación de los cables de fibra
óptica, así como el suministro e instalación de los paneles informativos, manteniéndose
la obligación para el CZFV de asumir el mantenimiento anual de los paneles, incluyendo
las licencias de software, quedando redactada como sigue:
Compromisos económicos.

En este convenio no hay intercambio monetario entre las partes firmantes.
Sin embargo, de su formalización se derivan compromisos económicos para
cada una de las partes, por lo que la gestión, justificación y resto de actuaciones
relacionadas con los gastos o costes asumidos por cada parte, se ajustarán a lo
dispuesto en la legislación presupuestaria.
El CZFV asumirá el mantenimiento anual de los paneles, incluyendo licencias
de software.»

cve: BOE-A-2025-2842
Verificable en https://www.boe.es

«Tercera.