Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Federación Española de Esquí Náutico y Wakeboard. Estatutos. (BOE-A-2025-2853)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Esquí Náutico y Wakeboard.
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Viernes 14 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20527

siempre que no correspondan a otros órganos, comités o cargos conforme a lo previsto
en la reglamentación federativa. Para el ejercicio de esta competencia podrá estar
asistido por aquellos profesionales de la estructura interna de la Secretaría General.
h) Elaborar, en colaboración con las Comisiones preceptivas, los anteproyectos de
Estatutos, Reglamentos y Normativas específicas de competiciones, para su
sometimiento a la Comisión Delegada de la Asamblea General de la FEEW.
2. En el supuesto de vacante del titular de la Secretaría General o de ausencia de
designación, sus funciones serán desempeñadas por el Presidente de la FEEW,
pudiendo delegarlas en la persona u órgano que considere oportuno. En este caso
deberá nombrarse únicamente a la persona que ostente la secretaría de la Junta
Directiva, quien ostentará las funciones de velar por la legalidad formal y material de las
actuaciones de esta y comprobar la regularidad estatutaria y el cumplimiento de las
disposiciones emanadas de los órganos reguladores, así como cuidar la observancia de
los principios o criterios de buen gobierno.
3. El cargo de Secretario General podrá ser remunerado.
Sección 2.ª
Artículo 49.

Gerencia

Nombramiento y funciones.

1. La Gerencia de la FEEW es el órgano de Administración de la misma y su
designación corresponderá al Presidente.

a) Supervisar todas las tareas y funciones administrativas de la FEEW.
b) Llevar la contabilidad de la FEEW, proponer los pagos y cobros de acuerdo con
los Presupuestos anuales aprobados.
c) Redactar los Balances y Presupuestos para proponer su aprobación a los
Órganos de gobierno correspondientes.
d) Ejercer la inspección económica de todos los órganos federativos.
e) Ejercer, en colaboración con el titular de la Secretaría General, la dirección y
gestión de las competiciones oficiales organizadas por la FEEW.
f) Ejercer el control de las subvenciones que se asignen a las Asociaciones y
Entidades deportivas bajo la supervisión de la Presidencia de la FEEW.
g) Ejercer el control de las subvenciones que se asignen a las Federaciones de
ámbito autonómico.
h) Informar a la Asamblea General, a su Comisión Delegada, al Presidente, a la
Junta Directiva de la FEEW, sobre las cuestiones que le sean sometidas o que considere
relevantes para el buen orden económico.
i) Ejercer en coordinación con el titular de la Secretaría General la responsabilidad
en la coordinación de todos los asuntos legales de la FEEW.
j) Reportar e informar en las reuniones de las Comisiones u órganos de la FEEW
de todos los asuntos relativos a sus respectivas áreas de responsabilidad.
k) Resolver los asuntos de trámite.
l) Ejercer la jefatura de personal de la FEEW.
m) Ejecutar los acuerdos de los órganos federativos.
n) El cargo de Gerente será remunerado.
2. El nombramiento de la Gerencia es facultativo por parte de la Presidencia de la
FEEW quien, si no efectuara tal designación, podrá delegar estas competencias en la
Secretaria General u otros órganos federativos.

cve: BOE-A-2025-2853
Verificable en https://www.boe.es

Son funciones propias del Gerente: