Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual. Estatutos. (BOE-A-2025-2852)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Viernes 14 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20458

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
2852

Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española
de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual.

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 12 de noviembre de 2024, ratificó la modificación de los Estatutos de la
Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual,
autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de
diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual,
contenidos en el anexo a la presente resolución.
Madrid, 30 de enero de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad
Intelectual
TÍTULO I
De la Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad
Intelectual

1. La Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad
Intelectual (en lo sucesivo, FEDDI) es una entidad de naturaleza asociativa de derecho
privado, sin ánimo de lucro, con patrimonio propio e independiente de sus asociados,
que agrupa en su seno a deportistas con discapacidades intelectuales, personal técnico
(con o sin discapacidad), jueces y árbitros, así como clubes y asociaciones deportivas.
Integra asimismo a las Federaciones autonómicas de Deportes para Personas con
Discapacidad Intelectual.
2. Según se establezca reglamentariamente, la FEDDI reconocerá e integrará
asimismo en sus actividades y en sus órganos de gobierno y representación a aquellos
colectivos interesados que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo de las
modalidades y especialidades deportivas que figuren en los presentes Estatutos, de
acuerdo con la previsto en el artículo 43.3 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del
Deporte.
3. La FEDDI es una Entidad de Utilidad Pública, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 43.7 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte y en el artículo 1.º del
Real Decreto 1835/1991 del 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas

cve: BOE-A-2025-2852
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. La Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad
Intelectual.