Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-2857)
Resolución de 3 de febrero de 2025, del Museo Nacional del Prado, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20561
espacios e instalaciones de los inmuebles adscritos al organismo por plazo inferior a
treinta días, o para la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros
eventos, de conformidad con los artículos 90.3, 92 y 105.3 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
c) Acordar las bajas en inventario, con enajenación, en su caso, de aquellos bienes
muebles no artísticos, propiedad del organismo público, que dejen de ser útiles para el
servicio.
3.
En materia de gestión económico-financiera:
a) Expedir y autorizar los documentos contables procedentes en relación con la
gestión de los créditos del organismo, así como reconocer las obligaciones
correspondientes y la ordenación de los oportunos pagos.
b) Ordenar los pagos inherentes a la gestión del presupuesto y formalizar los
instrumentos materiales de pago con la firma mancomunada que, en cada caso
corresponda, sin perjuicio de las suplencias que resulten procedentes.
c) Aprobar las cuentas justificativas en los casos en que así lo requiera la
normativa.
Segundo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección Adjunta de
Conservación e Investigación.
Se delegan en la persona titular de la Dirección Adjunta de Conservación e
Investigación el ejercicio de las competencias que a continuación se relacionan:
En materia de explotación de bienes y derechos patrimoniales propios:
Explotación no comercial de bienes muebles consistentes en imágenes y archivos
integrantes del Banco de Imágenes del MNP.
Tercero. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección de
Comunicación y Asuntos Corporativos.
Se delega en la persona titular de la Dirección de Comunicación y Asuntos
Corporativos el ejercicio de las competencias que a continuación se relacionan:
En materia de explotación de bienes y derechos patrimoniales propios:
La autorización especial para el uso por terceros de espacios e instalaciones de los
inmuebles adscritos al Museo Nacional del Prado por plazo inferior a treinta días, o para
la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos, de
conformidad con los artículos 90.3, 92 y 105.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del
Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Suplencia en el ejercicio de las competencias delegadas.
a) La persona titular de la Dirección Adjunta de Administración será suplida, en
primer lugar, por el titular de la Coordinación General de Recursos Humanos, en
segundo lugar, por el titular de la Coordinación General de Infraestructuras y
Equipamientos y en tercer lugar, por el titular de la Coordinación General de Desarrollo
de Públicos y Seguridad.
b) La persona titular de la Dirección Adjunta de Conservación e Investigación será
suplida por el titular de la Coordinación General de Conservación.
c) La persona titular de la Dirección de Comunicación y Asuntos Corporativos será
suplida por el titular de la Jefatura de Área de Comunicación y Asuntos Corporativos.
cve: BOE-A-2025-2857
Verificable en https://www.boe.es
Las competencias delegadas en esta resolución podrán ejercerse, por suplencia, en
caso de vacante, ausencia o enfermedad, con el orden de suplencia siguiente:
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20561
espacios e instalaciones de los inmuebles adscritos al organismo por plazo inferior a
treinta días, o para la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros
eventos, de conformidad con los artículos 90.3, 92 y 105.3 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
c) Acordar las bajas en inventario, con enajenación, en su caso, de aquellos bienes
muebles no artísticos, propiedad del organismo público, que dejen de ser útiles para el
servicio.
3.
En materia de gestión económico-financiera:
a) Expedir y autorizar los documentos contables procedentes en relación con la
gestión de los créditos del organismo, así como reconocer las obligaciones
correspondientes y la ordenación de los oportunos pagos.
b) Ordenar los pagos inherentes a la gestión del presupuesto y formalizar los
instrumentos materiales de pago con la firma mancomunada que, en cada caso
corresponda, sin perjuicio de las suplencias que resulten procedentes.
c) Aprobar las cuentas justificativas en los casos en que así lo requiera la
normativa.
Segundo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección Adjunta de
Conservación e Investigación.
Se delegan en la persona titular de la Dirección Adjunta de Conservación e
Investigación el ejercicio de las competencias que a continuación se relacionan:
En materia de explotación de bienes y derechos patrimoniales propios:
Explotación no comercial de bienes muebles consistentes en imágenes y archivos
integrantes del Banco de Imágenes del MNP.
Tercero. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección de
Comunicación y Asuntos Corporativos.
Se delega en la persona titular de la Dirección de Comunicación y Asuntos
Corporativos el ejercicio de las competencias que a continuación se relacionan:
En materia de explotación de bienes y derechos patrimoniales propios:
La autorización especial para el uso por terceros de espacios e instalaciones de los
inmuebles adscritos al Museo Nacional del Prado por plazo inferior a treinta días, o para
la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos, de
conformidad con los artículos 90.3, 92 y 105.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del
Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Suplencia en el ejercicio de las competencias delegadas.
a) La persona titular de la Dirección Adjunta de Administración será suplida, en
primer lugar, por el titular de la Coordinación General de Recursos Humanos, en
segundo lugar, por el titular de la Coordinación General de Infraestructuras y
Equipamientos y en tercer lugar, por el titular de la Coordinación General de Desarrollo
de Públicos y Seguridad.
b) La persona titular de la Dirección Adjunta de Conservación e Investigación será
suplida por el titular de la Coordinación General de Conservación.
c) La persona titular de la Dirección de Comunicación y Asuntos Corporativos será
suplida por el titular de la Jefatura de Área de Comunicación y Asuntos Corporativos.
cve: BOE-A-2025-2857
Verificable en https://www.boe.es
Las competencias delegadas en esta resolución podrán ejercerse, por suplencia, en
caso de vacante, ausencia o enfermedad, con el orden de suplencia siguiente: