Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Autopistas de peaje. (BOE-A-2025-2845)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Transporte Terrestre, por la que se autoriza a Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, la segunda prórroga para la aplicación de bonificaciones temporales en la autopista de peaje AP-7 Circunvalación de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20302
adicionales, suficiente para culminar los trámites administrativos que conduzcan, en su
caso, a la liberación definitiva de peaje de esta Autopista.
9. La Comisión de Seguimiento y Control del Convenio acordó en su reunión
celebrada el día 4 de febrero de 2025, proponer al Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible la adopción de una segunda prórroga de 12 meses adicionales de las
bonificaciones mencionadas en el apartado 4, propuestas en la citada sesión, a la vista
de la información aportada.
En consecuencia, dispongo:
I. Autorizar a SEITT a prorrogar, por un período máximo de doce meses
adicionales, la aplicación de la bonificación temporal autorizada por Resolución de 10 de
julio de 2024, de la Secretaria General de Transporte Terrestre y prorrogada por
Resolución de 8 de octubre de 2024 de la Secretaria General de Transporte Terrestre,
del 100 % del peaje en todos los recorridos de la autopista AP-7 Circunvalación de
Alicante, en virtud de lo establecido en el punto Primero del apartado Sexto del Acuerdo
del Consejo de Ministros, de 3 de diciembre de 2024, por el que se aprueban las tarifas
aplicables en determinadas autopistas de la Red de Carreteras del Estado, así como en
el punto 4.3. de la cláusula cuarta del «Convenio de Gestión Directa entre la
Administración General del Estado y la “Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, S.M.E., SA”, por el que se regula la gestión de la explotación de
autopistas de titularidad estatal».
II. La prórroga autorizada entrará en vigor el 16 de febrero de 2025, previa
publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE),
finalizando su aplicación como máximo el 15 de febrero de 2026.
cve: BOE-A-2025-2845
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de febrero de 2025.–La Secretaria General de Transporte Terrestre, Marta
Serrano Balbuena.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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Viernes 14 de febrero de 2025
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adicionales, suficiente para culminar los trámites administrativos que conduzcan, en su
caso, a la liberación definitiva de peaje de esta Autopista.
9. La Comisión de Seguimiento y Control del Convenio acordó en su reunión
celebrada el día 4 de febrero de 2025, proponer al Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible la adopción de una segunda prórroga de 12 meses adicionales de las
bonificaciones mencionadas en el apartado 4, propuestas en la citada sesión, a la vista
de la información aportada.
En consecuencia, dispongo:
I. Autorizar a SEITT a prorrogar, por un período máximo de doce meses
adicionales, la aplicación de la bonificación temporal autorizada por Resolución de 10 de
julio de 2024, de la Secretaria General de Transporte Terrestre y prorrogada por
Resolución de 8 de octubre de 2024 de la Secretaria General de Transporte Terrestre,
del 100 % del peaje en todos los recorridos de la autopista AP-7 Circunvalación de
Alicante, en virtud de lo establecido en el punto Primero del apartado Sexto del Acuerdo
del Consejo de Ministros, de 3 de diciembre de 2024, por el que se aprueban las tarifas
aplicables en determinadas autopistas de la Red de Carreteras del Estado, así como en
el punto 4.3. de la cláusula cuarta del «Convenio de Gestión Directa entre la
Administración General del Estado y la “Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, S.M.E., SA”, por el que se regula la gestión de la explotación de
autopistas de titularidad estatal».
II. La prórroga autorizada entrará en vigor el 16 de febrero de 2025, previa
publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE),
finalizando su aplicación como máximo el 15 de febrero de 2026.
cve: BOE-A-2025-2845
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de febrero de 2025.–La Secretaria General de Transporte Terrestre, Marta
Serrano Balbuena.
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