Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2839)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los asegurados y beneficiarios del ISFAS y la integración de la información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20284
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2839
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica la segunda Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto
Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas,
para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio
nacional a los asegurados y beneficiarios del ISFAS y la integración de la
información.
La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Secretario
General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, O.A., han suscrito, con
fecha de 30 de enero de 2025, una adenda al Convenio sobre el aseguramiento del
acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los asegurados y beneficiarios del
Instituto Social de las Fuerzas Armadas, O.A., y la integración de la información, que fue
firmado el 26 de enero de 2018.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la
presente resolución.
Madrid, 10 de febrero de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Segunda Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional
de la Seguridad Social y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas Organismo
Autónomo, para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio
nacional a los asegurados y beneficiarios del ISFAS O.A. y la integración
de la información
De una parte, doña María del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General
del Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante, INSS), de acuerdo con el
nombramiento para el cargo efectuado por Real Decreto 131/2020, de 21 de enero, en
función de su cargo y en ejercicio de las facultades que le son atribuidas por el artículo 5
del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre,
y de otra parte, don José Javier Rodrigo de Azpiazu, Secretario General Gerente del
Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Organismo Autónomo (en adelante
ISFAS O.A.), nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, de la
Subsecretaría del Ministerio de Defensa, en virtud de las facultades que le confiere el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y actuando en nombre y representación de ISFAS O.A., en uso de las facultades que le
confiere el artículo 18 del Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
cve: BOE-A-2025-2839
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REUNIDOS
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20284
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2839
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica la segunda Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto
Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas,
para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio
nacional a los asegurados y beneficiarios del ISFAS y la integración de la
información.
La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Secretario
General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, O.A., han suscrito, con
fecha de 30 de enero de 2025, una adenda al Convenio sobre el aseguramiento del
acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los asegurados y beneficiarios del
Instituto Social de las Fuerzas Armadas, O.A., y la integración de la información, que fue
firmado el 26 de enero de 2018.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la
presente resolución.
Madrid, 10 de febrero de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Segunda Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional
de la Seguridad Social y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas Organismo
Autónomo, para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio
nacional a los asegurados y beneficiarios del ISFAS O.A. y la integración
de la información
De una parte, doña María del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General
del Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante, INSS), de acuerdo con el
nombramiento para el cargo efectuado por Real Decreto 131/2020, de 21 de enero, en
función de su cargo y en ejercicio de las facultades que le son atribuidas por el artículo 5
del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre,
y de otra parte, don José Javier Rodrigo de Azpiazu, Secretario General Gerente del
Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Organismo Autónomo (en adelante
ISFAS O.A.), nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, de la
Subsecretaría del Ministerio de Defensa, en virtud de las facultades que le confiere el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y actuando en nombre y representación de ISFAS O.A., en uso de las facultades que le
confiere el artículo 18 del Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
cve: BOE-A-2025-2839
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