Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. I. Disposiciones generales. Navegación aérea. Tarifas. (BOE-A-2025-2785)
Orden TRM/139/2025, de 3 de febrero, por la que se modifica el apartado quinto del anexo I del Real Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol), y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 20166
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
Orden TRM/139/2025, de 3 de febrero, por la que se modifica el apartado
quinto del anexo I del Real Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se
aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación
aérea (Eurocontrol), y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de
dichas tarifas.
El procedimiento para el establecimiento de una política común de tarifas por el uso
de la red de ayudas a la navegación aérea, también conocidas como tasas de ruta, se
rige por el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea,
hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981, y ratificado por España mediante
Instrumento de 14 de abril de 1987; por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/317 de la
Comisión de 11 de febrero de 2019, por el que se establece un sistema de evaluación del
rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo y se derogan los Reglamentos de
Ejecución (UE) 390/2013 y (UE) 391/2013; así como por el Reglamento de Ejecución
(UE) 2020/1627 de la Comisión de 3 de noviembre de 2020 sobre medidas
excepcionales para el tercer período de referencia (2020-2024) del sistema de
evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo debido a la
pandemia de COVID-19.
La Comisión Ampliada de la Organización Europea para la Seguridad de la
Navegación Aérea (Eurocontrol), competente para la determinación de las tarifas, de sus
condiciones de pago y periodo de aplicación, ha establecido las nuevas tarifas unitarias
para el año 2025 y ha modificado el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas
mediante sus Decisiones número 24/180/ y 24/181/ aprobadas el 28 de noviembre
de 2024.
El artículo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de
las Tasas Estatales y Locales y de Reordenamiento de las Prestaciones Patrimoniales de
carácter Público, dispone que las modificaciones de las tarifas por el uso de la red de
ayudas a la navegación aérea adoptadas en el seno de Eurocontrol se incorporarán al
ordenamiento jurídico español por orden ministerial.
En ejecución de las indicadas Decisiones números 24/180/ y 24/181/ de la Comisión
Ampliada de Eurocontrol, esta orden tiene por objeto modificar el apartado quinto del
anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a
aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea y modificar el tipo de interés
por mora en el pago de las tarifas.
Como novedad respecto a las órdenes ministeriales de años anteriores con el mismo
objeto, en este caso se incorpora una disposición adicional única por la cual se atribuye
a ENAIRE, E.P.E., el abono de la cuota correspondiente al estado español por la
participación de éste en Eurocontrol. Esta disposición adicional trae causa del Informe de
Recomendaciones de Control Interno e Informe Adicional (IRCIA, código
AUDInet 2024/227) de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE),
firmado el 9 de septiembre de 2024, en cuyo punto III.1.1 («Cuota Eurocontrol») se
manifestó que, dada la distinta personalidad jurídica del Estado y Enaire, se debía tener
jurídicamente formalizado el acuerdo de delegación de pago con el Estado (Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible). La disposición adicional única del proyecto vendría
a dar respuesta al citado informe de la IGAE, acordando la delegación de pago del
Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible en ENAIRE, a fin de que esa entidad
satisfaga, en lo sucesivo y con carácter indefinido en el tiempo, la cuota correspondiente
al Reino de España por su participación en Eurocontrol.
cve: BOE-A-2025-2785
Verificable en https://www.boe.es
2785
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 20166
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
Orden TRM/139/2025, de 3 de febrero, por la que se modifica el apartado
quinto del anexo I del Real Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se
aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación
aérea (Eurocontrol), y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de
dichas tarifas.
El procedimiento para el establecimiento de una política común de tarifas por el uso
de la red de ayudas a la navegación aérea, también conocidas como tasas de ruta, se
rige por el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea,
hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981, y ratificado por España mediante
Instrumento de 14 de abril de 1987; por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/317 de la
Comisión de 11 de febrero de 2019, por el que se establece un sistema de evaluación del
rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo y se derogan los Reglamentos de
Ejecución (UE) 390/2013 y (UE) 391/2013; así como por el Reglamento de Ejecución
(UE) 2020/1627 de la Comisión de 3 de noviembre de 2020 sobre medidas
excepcionales para el tercer período de referencia (2020-2024) del sistema de
evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo debido a la
pandemia de COVID-19.
La Comisión Ampliada de la Organización Europea para la Seguridad de la
Navegación Aérea (Eurocontrol), competente para la determinación de las tarifas, de sus
condiciones de pago y periodo de aplicación, ha establecido las nuevas tarifas unitarias
para el año 2025 y ha modificado el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas
mediante sus Decisiones número 24/180/ y 24/181/ aprobadas el 28 de noviembre
de 2024.
El artículo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de
las Tasas Estatales y Locales y de Reordenamiento de las Prestaciones Patrimoniales de
carácter Público, dispone que las modificaciones de las tarifas por el uso de la red de
ayudas a la navegación aérea adoptadas en el seno de Eurocontrol se incorporarán al
ordenamiento jurídico español por orden ministerial.
En ejecución de las indicadas Decisiones números 24/180/ y 24/181/ de la Comisión
Ampliada de Eurocontrol, esta orden tiene por objeto modificar el apartado quinto del
anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a
aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea y modificar el tipo de interés
por mora en el pago de las tarifas.
Como novedad respecto a las órdenes ministeriales de años anteriores con el mismo
objeto, en este caso se incorpora una disposición adicional única por la cual se atribuye
a ENAIRE, E.P.E., el abono de la cuota correspondiente al estado español por la
participación de éste en Eurocontrol. Esta disposición adicional trae causa del Informe de
Recomendaciones de Control Interno e Informe Adicional (IRCIA, código
AUDInet 2024/227) de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE),
firmado el 9 de septiembre de 2024, en cuyo punto III.1.1 («Cuota Eurocontrol») se
manifestó que, dada la distinta personalidad jurídica del Estado y Enaire, se debía tener
jurídicamente formalizado el acuerdo de delegación de pago con el Estado (Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible). La disposición adicional única del proyecto vendría
a dar respuesta al citado informe de la IGAE, acordando la delegación de pago del
Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible en ENAIRE, a fin de que esa entidad
satisfaga, en lo sucesivo y con carácter indefinido en el tiempo, la cuota correspondiente
al Reino de España por su participación en Eurocontrol.
cve: BOE-A-2025-2785
Verificable en https://www.boe.es
2785