Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2763)
Resolución de 5 de febrero de 2025, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Fundación González Bernáldez, para promover acciones conjuntas en la divulgación de materias relacionadas con los Parques Nacionales, Reservas de la Biosfera y otros espacios naturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Jueves 13 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20057

b) Utilizar material audiovisual (vídeos, imágenes u otros formatos audiovisuales)
generado en el marco de la campaña «Nuestros Espacios Protegidos» que sea provisto
por la Fundación, para su difusión a través de sus diferentes canales de comunicación.
c) Ceder a la Fundación imágenes para su uso en el marco de la campaña
«Nuestros Espacios Protegidos» en los términos que se establezcan en el acuerdo de
cesión correspondiente, donde se identificarán las mismas.
d) Facilitar el contacto entre el equipo de filmación de la Fundación y los gestores
de la Red de Parques Nacionales, de las reservas de la biosfera o de otros espacios
dependientes del OAPN.
Quinta.

Actuaciones a las que se compromete la Fundación.

a) Recabar las autorizaciones necesarias para la grabación de imágenes por parte
del equipo de filmación de la Fundación para cada uno de los Parques donde se
pretenda realizar mencionada grabación.
b) Obtener nuevas imágenes y editar los vídeos de la campaña «Nuestros Espacios
Protegidos».
c) Utilizar las imágenes cedidas por el OAPN únicamente para su difusión con fines
culturales y promocionales, sin que quepa en ningún caso explotación y/o cesión ulterior
de las mismas por parte de la Fundación.
d) Ceder al OAPN el material audiovisual que genere en el marco de la campaña
«Nuestros Espacios Protegidos», para su posterior difusión por el OAPN.
Sexta.

Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener
acceso con la finalidad indicada en el presente convenio, de acuerdo con las previsiones
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales así como las del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, a no utilizarlos
para fines distintos de los previstos en este convenio y a no difundirlos ni cederlos a
terceros. Asimismo, garantizarán que los titulares de los datos puedan ejercer sus
derechos de acceso, rectificación, cancelación, supresión, limitación de su tratamiento y
oposición.
De conformidad con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, este convenio podrá ser
accesible a los ciudadanos, mediante las diferentes plataformas de difusión existentes
para esta finalidad, todo ello en aras al interés público en la divulgación de la
información.
Las partes se comprometen a guardar la debida confidencialidad de todos aquellos
datos y proyectos a los que tengan acceso, especialmente los datos de carácter personal
que estén protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos. Las disposiciones de
esta cláusula subsistirán después de la terminación del presente acuerdo.

Durante la ejecución de las actuaciones que se acometan con motivo de la
celebración del presente convenio se respetarán en todo momento los derechos de
propiedad intelectual que cada una de las partes ostente sobre su material audiovisual.
En este sentido, se suscribirán los oportunos acuerdos de cesión de imágenes, vídeos y
otros formatos susceptibles de ser compartidos y utilizados por las partes, en los que se
especificarán los términos de uso y destino de éstos.

cve: BOE-A-2025-2763
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Propiedad intelectual.