Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-2738)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Instituto Cervantes a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la colaboración en la realización de las pruebas para la obtención de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19820
diversos procesos que conlleve la administración de los exámenes para la obtención de
los diplomas y que se deriven de la aplicación y desarrollo del presente Acuerdo.
3. El Centro de Examen DELE se compromete al cumplimiento de los estándares
de seguridad de administración de las pruebas fijados por el Instituto Cervantes entre los
que se encuentran:
– Identificación fehaciente de los candidatos para el acceso y el desarrollo de las
pruebas, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Instituto Cervantes.
– Seguridad de las personas durante todo el desarrollo del examen.
– Custodia y confidencialidad de los materiales de examen durante el tiempo que le
requiera el Instituto Cervantes.
– Seguridad de la información y acceso de datos.
– Contar con medios para prevenir conductas improcedentes por parte de los
candidatos.
4. El Centro de Examen DELE se compromete a reservar aulas convenientemente
equipadas, así como designar al personal de apoyo en número proporcional a la
cantidad de candidatos inscritos de acuerdo con lo que establezcan las especificaciones
anuales del Instituto Cervantes (al menos una persona por cada sala de examen), para
llevar a cabo las pruebas de examen DELE en las condiciones y las convocatorias en las
que se comprometa a participar, de acuerdo con los requisitos establecidos por el
Instituto Cervantes y lo comprometido en el momento de su alta como Centro de Examen
DELE.
5. El Centro de Examen DELE se compromete a proporcionar todos los materiales
de oficina necesarios a los miembros del tribunal designados por el Instituto Cervantes,
con la finalidad exclusiva de que puedan desempeñar adecuadamente sus funciones y
puedan cumplir con los horarios previamente establecidos para las pruebas orales.
6. El Centro de Examen DELE mantendrá permanentemente informado a su centro
Cervantes Coordinador de los centros o lugares donde tiene previsto realizar los
exámenes.
El Centro de examen DELE deberá informar, como máximo en el plazo de un mes
desde la publicación de las fechas de las convocatorias DELE de cada año, a su centro
Cervantes coordinador para cada convocatoria en la que vaya a participar, del lugar
exacto en el que se administrarán las pruebas.
En caso de que vaya a realizar la convocatoria en más de un lugar, debe avisar de
ello a su centro Cervantes coordinador en un plazo no inferior a dos semanas antes de la
fecha del examen.
El incumplimiento de la comunicación de cualquier cambio relativo al lugar en el que
tenga prevista la realización de las pruebas puede acarrear las consecuencias y
sanciones previstas en la cláusula novena.
Es responsabilidad del Centro de Examen DELE la comunicación, por medios que
garanticen la recepción del mensaje, a los candidatos del lugar en el que se celebran las
pruebas. En caso de reclamación o queja, el Instituto Cervantes o el centro Cervantes
coordinador podrá solicitar al centro de Examen DELE el justificante de envío y
recepción de dicho correo o comunicación y si no se hubiera producido será el Centro de
Examen DELE el responsable de los posibles daños y perjuicios para el candidato.
7. El Centro de Examen DELE, para facilitar la necesaria coordinación de la labor
de organización de los exámenes, contará con una persona de contacto que actuará
como interlocutor del Instituto Cervantes. El Centro de Examen DELE será el
responsable del mantenimiento, así como de la actualización, de los datos de contacto
de dicha persona, a través de la plataforma de gestión de inscripciones.
8. El Centro de Examen DELE se compromete, conforme a las especificaciones e
indicaciones que le haya facilitado su centro Cervantes coordinador, a administrar los
exámenes a todos los candidatos que hayan optado por realizar las pruebas de examen
DELE en ese centro, cualquiera que sea el medio por el que se hayan inscrito.
cve: BOE-A-2025-2738
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19820
diversos procesos que conlleve la administración de los exámenes para la obtención de
los diplomas y que se deriven de la aplicación y desarrollo del presente Acuerdo.
3. El Centro de Examen DELE se compromete al cumplimiento de los estándares
de seguridad de administración de las pruebas fijados por el Instituto Cervantes entre los
que se encuentran:
– Identificación fehaciente de los candidatos para el acceso y el desarrollo de las
pruebas, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Instituto Cervantes.
– Seguridad de las personas durante todo el desarrollo del examen.
– Custodia y confidencialidad de los materiales de examen durante el tiempo que le
requiera el Instituto Cervantes.
– Seguridad de la información y acceso de datos.
– Contar con medios para prevenir conductas improcedentes por parte de los
candidatos.
4. El Centro de Examen DELE se compromete a reservar aulas convenientemente
equipadas, así como designar al personal de apoyo en número proporcional a la
cantidad de candidatos inscritos de acuerdo con lo que establezcan las especificaciones
anuales del Instituto Cervantes (al menos una persona por cada sala de examen), para
llevar a cabo las pruebas de examen DELE en las condiciones y las convocatorias en las
que se comprometa a participar, de acuerdo con los requisitos establecidos por el
Instituto Cervantes y lo comprometido en el momento de su alta como Centro de Examen
DELE.
5. El Centro de Examen DELE se compromete a proporcionar todos los materiales
de oficina necesarios a los miembros del tribunal designados por el Instituto Cervantes,
con la finalidad exclusiva de que puedan desempeñar adecuadamente sus funciones y
puedan cumplir con los horarios previamente establecidos para las pruebas orales.
6. El Centro de Examen DELE mantendrá permanentemente informado a su centro
Cervantes Coordinador de los centros o lugares donde tiene previsto realizar los
exámenes.
El Centro de examen DELE deberá informar, como máximo en el plazo de un mes
desde la publicación de las fechas de las convocatorias DELE de cada año, a su centro
Cervantes coordinador para cada convocatoria en la que vaya a participar, del lugar
exacto en el que se administrarán las pruebas.
En caso de que vaya a realizar la convocatoria en más de un lugar, debe avisar de
ello a su centro Cervantes coordinador en un plazo no inferior a dos semanas antes de la
fecha del examen.
El incumplimiento de la comunicación de cualquier cambio relativo al lugar en el que
tenga prevista la realización de las pruebas puede acarrear las consecuencias y
sanciones previstas en la cláusula novena.
Es responsabilidad del Centro de Examen DELE la comunicación, por medios que
garanticen la recepción del mensaje, a los candidatos del lugar en el que se celebran las
pruebas. En caso de reclamación o queja, el Instituto Cervantes o el centro Cervantes
coordinador podrá solicitar al centro de Examen DELE el justificante de envío y
recepción de dicho correo o comunicación y si no se hubiera producido será el Centro de
Examen DELE el responsable de los posibles daños y perjuicios para el candidato.
7. El Centro de Examen DELE, para facilitar la necesaria coordinación de la labor
de organización de los exámenes, contará con una persona de contacto que actuará
como interlocutor del Instituto Cervantes. El Centro de Examen DELE será el
responsable del mantenimiento, así como de la actualización, de los datos de contacto
de dicha persona, a través de la plataforma de gestión de inscripciones.
8. El Centro de Examen DELE se compromete, conforme a las especificaciones e
indicaciones que le haya facilitado su centro Cervantes coordinador, a administrar los
exámenes a todos los candidatos que hayan optado por realizar las pruebas de examen
DELE en ese centro, cualquiera que sea el medio por el que se hayan inscrito.
cve: BOE-A-2025-2738
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38