Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-2738)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Instituto Cervantes a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la colaboración en la realización de las pruebas para la obtención de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19818
de los exámenes para la obtención de los «diplomas de español como lengua extranjera
(DELE)», lo que supone el reconocimiento de dicho Centro Cultural como «Centro de
examen de los diplomas de español como lengua extranjera (DELE)», (en adelante,
Centro de examen DELE o centro de examen).
Segunda.
Aceptación de la encomienda de gestión.
El Centro de examen DELE, que cuenta con los medios y recursos requeridos,
acepta la encomienda de gestión, de conformidad con lo establecido en el presente
Acuerdo y se compromete a colaborar con el Instituto Cervantes en la gestión y la
organización tanto de la parte logístico-administrativa de los exámenes para la obtención
de los DELE, conforme a las especificaciones que le facilite el Instituto Cervantes, como
de la difusión comercial de las convocatorias de los exámenes DELE que puedan tener
lugar cada año.
Tercera.
Compromisos y derechos del Instituto Cervantes.
– Administración y gestión de las pruebas de examen DELE.
1. El Instituto Cervantes pondrá a disposición del Centro de Examen DELE las
especificaciones y normativa detalladas para la gestión y administración de las
convocatorias de examen de los diplomas DELE que puedan tener lugar cada año. Estas
especificaciones y las normas de procedimiento aprobadas anualmente por el IC, son las
que regirán la participación en las convocatorias DELE. Cualquier variación y
modificación en los procedimientos y gestión DELE recogidos en dichas especificaciones
anuales, que no contravenga lo estipulado en el presente Acuerdo, no requerirá la
modificación del mismo.
2. El Instituto Cervantes comunicará al Centro de Examen DELE, con la suficiente
antelación, las convocatorias y las fechas de celebración de los exámenes de los
«diplomas de español como lengua extranjera (DELE)», con el fin de que el Centro de
Examen DELE comunique al Instituto Cervantes en el plazo de un mes desde la
recepción de dicha comunicación, en qué convocatorias va a participar.
3. El Centro de Examen DELE estará adscrito al centro del IC en Albuquerque,
Estados Unidos, que será el Centro del Instituto Cervantes coordinador de las
actividades en relación con los DELE (en adelante Centro Cervantes coordinador).
4. Las especificaciones de gestión DELE vigentes cada año a las que se refiere el
punto 1 anterior, serán las que rijan en la gestión económica y administrativa de las
convocatorias de los exámenes DELE.
5. El centro Cervantes coordinador comunicará al Centro de Examen DELE los
precios que haya aprobado su Consejo de Administración, para cada examen y para
cada país, y que sean de aplicación cada año natural.
6. A estos efectos, dichas especificaciones se aplicarán en lo relativo a precios,
proceso de inscripción a través de la aplicación informática DELE, descuentos aplicables
si los hubiera, devolución de ingresos, gastos admisibles y sus límites, así como
documentación justificativa para la liquidación de las convocatorias.
7. Las previsiones de ingresos por derechos de inscripción en cada Centro de
Examen DELE y país deberán cubrir los costes directos de publicidad local, tribunales,
compra de material, limpieza, seguridad, personal de apoyo, así como el alojamiento y
dietas del personal que se desplace desde el Centro coordinador que se estimen
necesarios para la organización y desarrollo de las pruebas para poder celebrar las
pruebas de una determinada convocatoria. En caso contrario el centro Cervantes
coordinador podrá cancelar la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-2738
Verificable en https://www.boe.es
– Precios y gestión económica.
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19818
de los exámenes para la obtención de los «diplomas de español como lengua extranjera
(DELE)», lo que supone el reconocimiento de dicho Centro Cultural como «Centro de
examen de los diplomas de español como lengua extranjera (DELE)», (en adelante,
Centro de examen DELE o centro de examen).
Segunda.
Aceptación de la encomienda de gestión.
El Centro de examen DELE, que cuenta con los medios y recursos requeridos,
acepta la encomienda de gestión, de conformidad con lo establecido en el presente
Acuerdo y se compromete a colaborar con el Instituto Cervantes en la gestión y la
organización tanto de la parte logístico-administrativa de los exámenes para la obtención
de los DELE, conforme a las especificaciones que le facilite el Instituto Cervantes, como
de la difusión comercial de las convocatorias de los exámenes DELE que puedan tener
lugar cada año.
Tercera.
Compromisos y derechos del Instituto Cervantes.
– Administración y gestión de las pruebas de examen DELE.
1. El Instituto Cervantes pondrá a disposición del Centro de Examen DELE las
especificaciones y normativa detalladas para la gestión y administración de las
convocatorias de examen de los diplomas DELE que puedan tener lugar cada año. Estas
especificaciones y las normas de procedimiento aprobadas anualmente por el IC, son las
que regirán la participación en las convocatorias DELE. Cualquier variación y
modificación en los procedimientos y gestión DELE recogidos en dichas especificaciones
anuales, que no contravenga lo estipulado en el presente Acuerdo, no requerirá la
modificación del mismo.
2. El Instituto Cervantes comunicará al Centro de Examen DELE, con la suficiente
antelación, las convocatorias y las fechas de celebración de los exámenes de los
«diplomas de español como lengua extranjera (DELE)», con el fin de que el Centro de
Examen DELE comunique al Instituto Cervantes en el plazo de un mes desde la
recepción de dicha comunicación, en qué convocatorias va a participar.
3. El Centro de Examen DELE estará adscrito al centro del IC en Albuquerque,
Estados Unidos, que será el Centro del Instituto Cervantes coordinador de las
actividades en relación con los DELE (en adelante Centro Cervantes coordinador).
4. Las especificaciones de gestión DELE vigentes cada año a las que se refiere el
punto 1 anterior, serán las que rijan en la gestión económica y administrativa de las
convocatorias de los exámenes DELE.
5. El centro Cervantes coordinador comunicará al Centro de Examen DELE los
precios que haya aprobado su Consejo de Administración, para cada examen y para
cada país, y que sean de aplicación cada año natural.
6. A estos efectos, dichas especificaciones se aplicarán en lo relativo a precios,
proceso de inscripción a través de la aplicación informática DELE, descuentos aplicables
si los hubiera, devolución de ingresos, gastos admisibles y sus límites, así como
documentación justificativa para la liquidación de las convocatorias.
7. Las previsiones de ingresos por derechos de inscripción en cada Centro de
Examen DELE y país deberán cubrir los costes directos de publicidad local, tribunales,
compra de material, limpieza, seguridad, personal de apoyo, así como el alojamiento y
dietas del personal que se desplace desde el Centro coordinador que se estimen
necesarios para la organización y desarrollo de las pruebas para poder celebrar las
pruebas de una determinada convocatoria. En caso contrario el centro Cervantes
coordinador podrá cancelar la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-2738
Verificable en https://www.boe.es
– Precios y gestión económica.