Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-2732)
Resolución de 22 de enero de 2025, conjunta de la Universidad de Castilla-La Mancha y la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 19775
celebrar sus sesiones a distancia mediante medios electrónicos. En las sesiones a
distancia, la convocatoria especificará los medios electrónicos de interconexión que se
utilizarán, así como las sedes en las que estarán disponibles estos medios, en los casos
en los que se vayan a celebrar las reuniones en salas de videoconferencia de la UCLM.
En el caso de las sesiones a distancia, los acuerdos se considerarán adoptados en el
centro en el que esté presente el/la Presidente/a de la Comisión de Selección. En
aplicación del artículo 28.1 del citado reglamento, todas las convocatorias realizadas por
el/la Presidente/a de la Comisión de Selección deberán ser notificadas de forma
electrónica a todos sus miembros o destinatarios/as, incluidas las personas aspirantes.
8.
Desarrollo de las pruebas y sus criterios de valoración
8.1 Para los concursos de plazas de promoción interna al cuerpo de
Catedráticos/as de Universidad, se establecerá una única prueba, que será pública.
8.2 Las personas admitidas entregarán al Presidente/a de la comisión en el acto de
presentación un CV con su historial académico docente e investigador, de transferencia
e intercambio del conocimiento, de gestión universitaria y, en su caso, asistencial
sanitario.
8.3 El concurso consistirá en la exposición por la persona candidata durante un
tiempo máximo de una hora y debate con la comisión, durante un tiempo máximo
de noventa minutos, de los méritos recogidos en su CV. En cualquier momento, las
personas concursantes deberán acreditar los méritos consignados en su CV a petición
de cualquier miembro de la comisión. La comisión valorará los méritos recogidos en el
CV, teniendo en cuenta la capacidad de la persona candidata para su exposición y
defensa.
8.4 Finalizada la prueba, la comisión procederá a calificar y puntuar
numéricamente (de cero a diez puntos) a cada una de las personas aspirantes. La
calificación final se obtendrá de la media aritmética de las calificaciones propuestas por
cada uno de sus miembros.
8.5 Serán propuestas aquellas personas que hayan obtenido, al menos, una
calificación de 5 puntos, a efectos de determinar su orden de preferencia.
8.6 En caso de empate en la puntuación, se dará preferencia al sexo
infrarrepresentado en el área o, de haberlo, a la persona aspirante con un grado de
discapacidad de, al menos, un 33 %, siempre que la misma no impida el normal
desarrollo de sus actividades docentes e investigadoras.
8.7 La comisión publicará los resultados de la evaluación de cada persona
candidata, con una explicación motivada y desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados, en aplicación del artículo 34 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
8.8 Las actuaciones de la Comisión deberán realizarse en el centro al que
corresponda la plaza convocada, si bien, previa solicitud motivada y por escrito del
Presidente/a, el Rector podrá autorizar a que se celebren en sede distinta. En el caso de
sesiones a distancia, se requerirá la presencia en dicho centro, al menos, del
Secretario/a y de las personas aspirantes.
Propuesta de provisión y nombramiento
9.1 Las comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todas las personas candidatas,
por orden de preferencia, para su nombramiento, sin que se pueda exceder en la
propuesta el número de plazas convocadas a concurso. El proceso podrá concluir
también con la propuesta de la comisión de no proveer la plaza convocada, quedando
desierta.
La propuesta se hará pública por la comisión en el lugar de celebración de las
pruebas, y en la web de la UCLM en la aplicación de convocatorias https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=3_11.
cve: BOE-A-2025-2732
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 19775
celebrar sus sesiones a distancia mediante medios electrónicos. En las sesiones a
distancia, la convocatoria especificará los medios electrónicos de interconexión que se
utilizarán, así como las sedes en las que estarán disponibles estos medios, en los casos
en los que se vayan a celebrar las reuniones en salas de videoconferencia de la UCLM.
En el caso de las sesiones a distancia, los acuerdos se considerarán adoptados en el
centro en el que esté presente el/la Presidente/a de la Comisión de Selección. En
aplicación del artículo 28.1 del citado reglamento, todas las convocatorias realizadas por
el/la Presidente/a de la Comisión de Selección deberán ser notificadas de forma
electrónica a todos sus miembros o destinatarios/as, incluidas las personas aspirantes.
8.
Desarrollo de las pruebas y sus criterios de valoración
8.1 Para los concursos de plazas de promoción interna al cuerpo de
Catedráticos/as de Universidad, se establecerá una única prueba, que será pública.
8.2 Las personas admitidas entregarán al Presidente/a de la comisión en el acto de
presentación un CV con su historial académico docente e investigador, de transferencia
e intercambio del conocimiento, de gestión universitaria y, en su caso, asistencial
sanitario.
8.3 El concurso consistirá en la exposición por la persona candidata durante un
tiempo máximo de una hora y debate con la comisión, durante un tiempo máximo
de noventa minutos, de los méritos recogidos en su CV. En cualquier momento, las
personas concursantes deberán acreditar los méritos consignados en su CV a petición
de cualquier miembro de la comisión. La comisión valorará los méritos recogidos en el
CV, teniendo en cuenta la capacidad de la persona candidata para su exposición y
defensa.
8.4 Finalizada la prueba, la comisión procederá a calificar y puntuar
numéricamente (de cero a diez puntos) a cada una de las personas aspirantes. La
calificación final se obtendrá de la media aritmética de las calificaciones propuestas por
cada uno de sus miembros.
8.5 Serán propuestas aquellas personas que hayan obtenido, al menos, una
calificación de 5 puntos, a efectos de determinar su orden de preferencia.
8.6 En caso de empate en la puntuación, se dará preferencia al sexo
infrarrepresentado en el área o, de haberlo, a la persona aspirante con un grado de
discapacidad de, al menos, un 33 %, siempre que la misma no impida el normal
desarrollo de sus actividades docentes e investigadoras.
8.7 La comisión publicará los resultados de la evaluación de cada persona
candidata, con una explicación motivada y desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados, en aplicación del artículo 34 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
8.8 Las actuaciones de la Comisión deberán realizarse en el centro al que
corresponda la plaza convocada, si bien, previa solicitud motivada y por escrito del
Presidente/a, el Rector podrá autorizar a que se celebren en sede distinta. En el caso de
sesiones a distancia, se requerirá la presencia en dicho centro, al menos, del
Secretario/a y de las personas aspirantes.
Propuesta de provisión y nombramiento
9.1 Las comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todas las personas candidatas,
por orden de preferencia, para su nombramiento, sin que se pueda exceder en la
propuesta el número de plazas convocadas a concurso. El proceso podrá concluir
también con la propuesta de la comisión de no proveer la plaza convocada, quedando
desierta.
La propuesta se hará pública por la comisión en el lugar de celebración de las
pruebas, y en la web de la UCLM en la aplicación de convocatorias https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=3_11.
cve: BOE-A-2025-2732
Verificable en https://www.boe.es
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