Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2641)
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Tacoronte, por la que se suspende la inmatriculación de una finca por indicios fundados de coincidir con otras ya inmatriculadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Miércoles 12 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19370
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2641
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Tacoronte, por la que se suspende la
inmatriculación de una finca por indicios fundados de coincidir con otras ya
inmatriculadas.
En el recurso interpuesto por doña L. H. I. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Tacoronte, don Ramón Martín-Ambrosio GarcíaArquimbau, por la que se suspende la inmatriculación de una finca por indicios fundados
de coincidir con otras ya inmatriculadas.
Hechos
I
Mediante escritura pública autorizada el día 5 de junio de 2020 por la notaria de La
Orotava, doña María de las Mercedes Calandria García, con el número 360 de protocolo,
doña M. M. I. P. y doña L. y doña C. H. I. adicionaban la herencia del causante, don J. M.
H. C., y se adjudicaban una parcela de 7.045 metros cuadrados situada en La Matanza
de Acentejo que, según manifestaban, se hallaba sin inmatricular y se correspondía con
la parcela catastral 6680608CS5468S0001HQ.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Tacoronte, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Asiento 1095/39.
Legajo 301/2024.
Calificada la escritura autorizada el día 05/06/2020, ante el Notario de La Orotava
doña María de las Mercedes Calandria García, bajo el número 360/2020 de su orden de
protocolo con arreglo al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y 98 del Reglamento
Hipotecario, se suspende la inscripción de la misma en base a los siguientes:
Primero. Que el pasado día veintidós de marzo del año dos mil veinticuatro, la Sra.
L. H. I. presentó físicamente copia autentica de la escritura referida causando el
asiento 1095 del diario 39. acompaña como documentación complementaria acta de
notoriedad, número 2103 de protocolo, otorgada en Tacoronte, el día trece de diciembre
de dos mil veintitrés, ante el notario don Juan Antonio Pérez de la Blanca Pradas.
Segundo. Que en el documento presentado doña M. M. I. P., doña L. H. I., y doña
C. H. I., adicionan la herencia del causante don J. M. H. C., y se adjudican una parcela
de 7.045 metros situada en la calle (…) (La Matanza de Acentejo) que, según
manifiestan, se halla sin inmatricular y se corresponde con la parcela
catastral 6680608CS5468S0001H [sic].
cve: BOE-A-2025-2641
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Hechos
Núm. 37
Miércoles 12 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19370
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2641
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Tacoronte, por la que se suspende la
inmatriculación de una finca por indicios fundados de coincidir con otras ya
inmatriculadas.
En el recurso interpuesto por doña L. H. I. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Tacoronte, don Ramón Martín-Ambrosio GarcíaArquimbau, por la que se suspende la inmatriculación de una finca por indicios fundados
de coincidir con otras ya inmatriculadas.
Hechos
I
Mediante escritura pública autorizada el día 5 de junio de 2020 por la notaria de La
Orotava, doña María de las Mercedes Calandria García, con el número 360 de protocolo,
doña M. M. I. P. y doña L. y doña C. H. I. adicionaban la herencia del causante, don J. M.
H. C., y se adjudicaban una parcela de 7.045 metros cuadrados situada en La Matanza
de Acentejo que, según manifestaban, se hallaba sin inmatricular y se correspondía con
la parcela catastral 6680608CS5468S0001HQ.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Tacoronte, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Asiento 1095/39.
Legajo 301/2024.
Calificada la escritura autorizada el día 05/06/2020, ante el Notario de La Orotava
doña María de las Mercedes Calandria García, bajo el número 360/2020 de su orden de
protocolo con arreglo al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y 98 del Reglamento
Hipotecario, se suspende la inscripción de la misma en base a los siguientes:
Primero. Que el pasado día veintidós de marzo del año dos mil veinticuatro, la Sra.
L. H. I. presentó físicamente copia autentica de la escritura referida causando el
asiento 1095 del diario 39. acompaña como documentación complementaria acta de
notoriedad, número 2103 de protocolo, otorgada en Tacoronte, el día trece de diciembre
de dos mil veintitrés, ante el notario don Juan Antonio Pérez de la Blanca Pradas.
Segundo. Que en el documento presentado doña M. M. I. P., doña L. H. I., y doña
C. H. I., adicionan la herencia del causante don J. M. H. C., y se adjudican una parcela
de 7.045 metros situada en la calle (…) (La Matanza de Acentejo) que, según
manifiestan, se halla sin inmatricular y se corresponde con la parcela
catastral 6680608CS5468S0001H [sic].
cve: BOE-A-2025-2641
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