Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2025-2660)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se aprueba el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Construcciones Metálicas y Fundición en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19532

i) El Objetivo 9 dispone la necesidad de participar en programas, proyectos e
iniciativas internacionales que ofrezcan una visión amplia y actualizada de la evolución
del sector productivo junto con la posibilidad de crear alianzas de colaboración y
experimentación con instituciones de referencia del sector productivo a nivel
internacional. Para ello, el CRN:
– Difundirá y fomentará la participación de los centros de formación en las
competiciones Skill.
– Impulsará y participará en el desarrollo de programas internacionales dirigidos al
alumnado, profesorado, formadores de formación profesionales y a profesionales del
sector.
– Solicitará el ingreso en las principales asociaciones y organismos internacionales
relacionados con sus áreas profesionales.
j) El Objetivo 10 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar planes de formación
y de perfeccionamiento técnico y metodológico de personal docente o formador, expertos
y orientadores profesionales, así como a evaluadores y asesores que intervengan en
procesos de reconocimiento de competencias profesionales en el marco del Sistema de
Formación Profesional. Para ello, el CRN:
– Realizará un estudio de necesidades formativas de los docentes, expertos,
orientadores, asesores y evaluadores vinculados a las áreas profesionales del CRN.
– Programará los cursos necesarios en función de la detección de necesidades.
– Difundirá el plan de perfeccionamiento del profesorado.
k) El Objetivo 11 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones de
emprendimiento en el marco del Sistema de Formación Profesional y prioritariamente en
colaboración con centros del Sistema Formación Profesional. Para ello, el CRN:
– Analizará las posibilidades que, respecto al emprendimiento y el autoempleo,
presentan las áreas profesionales del centro.
– Organizará y participará en jornadas de divulgación, seminarios y otras acciones
encaminadas al fomento del emprendimiento y el autoempleo.
– Desarrollará sistemas de ayuda al emprendimiento y foros de intercambio de
información.
l) El Objetivo 12 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones para
fomentar la inserción en procesos de formación dirigidos a sectores de discapacidad, en
riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para
ello, el CRN:
– Diseñará acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres,
personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión.
– Difundirá entre el colectivo de mujeres las perspectivas laborales del sector y las
posibilidades de desarrollo personal que éste ofrece.

Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional,
la evaluación del Plan de Actuación Plurianual deberá realizarse una vez finalizado el
plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo
Anuales, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.
Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos,
los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las
partes en cada Plan Anual de Trabajo:
1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de
Trabajo Anuales.

cve: BOE-A-2025-2660
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Evaluación.