Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-2663)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del VII Convenio colectivo general del sector de la construcción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19566

– Área de servicios transversales.
1. Supervisar el archivo y la reproducción de los documentos, así como apoyar la
ejecución de la obra, siguiendo las instrucciones recibidas por un superior o responsable.
2. Redactar la correspondencia comercial, el cálculo de precios a la vista de las
ofertas recibidas, la recepción y tramitación de los pedidos.
3. Realizar actividades elementales de cálculo de salarios, valoración de costes,
funciones de cobro y pago, etc., dependiendo y ejecutando directamente las órdenes de
un mando superior.
4. Realizar actividades de archivo, registro, cálculo, facturación o similares que
requieran algún grado de iniciativa.
5. Realizar funciones básicas de gestión y asesoramiento en las diferentes áreas
de la empresa (comercial, producción, administración, calidad, I+D+I, medio ambiente,
prevención de riesgos laborales, recursos humanos, etc.).
6. Realizar actividades de venta y comercialización de productos y servicios que
requieran técnicas no complejas, tales como: demostración, comunicación de precios y
condiciones de crédito y entrega, tramitación de pedidos, etc.
7. Controlar y realizar un seguimiento de las operaciones de mercancías del
almacén, asegurando la calidad y optimización de la cadena logística.»
Acuerdo tercero.
Se modifican dos apartados del anexo XIII del VII Convenio General del Sector de la
Construcción:
− En la tabla 5, referida a los reconocimientos para los certificados de profesionalidad
de otras familias profesionales, del Apartado 3 del anexo XIII del VII CGSC, referido a la
convalidación de la formación en materia de prevención de riesgos laborales, en el nivel 2
-Código IEXD0108 y IEXD0109 de la Familia de Industrias extractivas,
donde dice:
«Tabla 5:
Nivel

Código

Certificado de
profesionalidad

2

IEXD0108

Elaboración de piedra
natural.

3

IEXD0109

Diseño y coordinación de
procesos en piedra natural.

2.º Ciclo

Taller de materiales: piedras
industriales, tratamiento o
transformación de materiales,
canteros y similares.
Ejecución de túneles y
sostenimiento de excavaciones
subterráneas y de los taludes.

NBPC



Debe decir:

Nivel

Código

2

IEXD0108

Certificado de
profesionalidad

Elaboración de piedra
natural.

2.º Ciclo

Ejecución de túneles y
sostenimiento de excavaciones
subterráneas y de los taludes.

NBPC

cve: BOE-A-2025-2663
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