Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2648)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Daimiel, por la que se suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19449

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2648

Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Daimiel, por la que se suspende la
práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una finca a un
futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.

En el recurso interpuesto por doña Susana Jara Sánchez, Directora General de
Medio Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha, contra la nota de calificación de la
Registradora de la Propiedad de Daimiel, doña Ángela Rodríguez de Andía Moliner, por
la que suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una
finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita el día 3 de septiembre de 2024 por don R. L. L., jefe del
Servicio Forestal de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y tras
hacer constar que se había recibido la comunicación del Registro de la Propiedad de
Daimiel sobre la inscripción de fincas registrales número 18.990 y 19.003, se solicitó la
extensión de una nota al margen de la misma: «Las fincas con CRU 1300600442332
y 13006000507697 están afectas en parte a la vía pecuaria denominada (…), clasificada
con una anchura de 37,61 metros necesarios, y así se recoge en el acta de deslinde.
Quedando afectada por la legislación en materias de vías pecuarias, la cual clasifica este
terreno como de suelo rústico no urbanizable de especial protección».
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Daimiel, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:

Antecedentes de hecho.
Primero. Con fecha nueve de septiembre del año dos mil veinticuatro fue
presentada telemáticamente en este Registro de la Propiedad, dando lugar al asiento de
presentación 634 del Libro Diario 2024, documento firmado digitalmente en Toledo por el
Jefe del Servicio Forestal de la Consejería de Desarrollo Sostenible don R. L. L. con
fecha 03/09/2024, solicitando se expida nota marginal o anotación preventiva de la
clasificación del suelo referente a las fincas registrales 19003 y 18990 de Daimiel.

cve: BOE-A-2025-2648
Verificable en https://www.boe.es

«Doña Ángela Rodríguez de Andía Moliner, Registradora de la Propiedad de Daimiel,
Provincia de Ciudad Real, ha examinado el procedimiento registral identificado con el
número de entrada 2179 del presente año, iniciado como consecuencia de presentación
en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de solicitud de
inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes: