Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. I. Disposiciones generales. Plan Estadístico Nacional. (BOE-A-2025-2578)
Real Decreto 72/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Programa anual 2025 del Plan Estadístico Nacional 2025-2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 18950

ANEXO III
Descripción de los trabajos que se van a ejecutar en las operaciones estadísticas
Sección 1.ª

Definiciones de los conceptos utilizados

Se resumen a continuación las definiciones de los conceptos y códigos utilizados en
el Plan Estadístico Nacional 2025-2028 y sus Programas anuales.
1.

Operación estadística

Es la unidad que se utiliza para estructurar el Plan Estadístico Nacional y los
programas anuales que lo desarrollan y clasificar su contenido, y no debe confundirse
con conceptos como los de estadística (en el sentido de tabla), publicación estadística
(que puede recoger el resultado de una o varias operaciones) o programa estadístico
(grupo de operaciones estadísticas relacionadas).
Una operación estadística, en el sentido en que se utiliza en este plan, consiste en el
conjunto de actividades que partiendo de una recogida de datos individuales conduce a
la presentación de resultados agregados en forma de tablas o de índices. Los datos
individuales pueden recogerse:
a) directamente de las unidades informantes mediante un cuestionario o juego de
cuestionarios que se procesan conjuntamente;
b) mediante la observación de los hechos sobre un determinado fenómeno, y
c) a través de un determinado registro administrativo, fuente privada o archivo
creado con fines distintos a los estadísticos.
A este concepto estricto de operación estadística se añaden otras operaciones,
necesarias para producir con eficiencia estadísticas de calidad o que consisten en
formas particulares o sintéticas de presentar resultados, que también se incluyen en el
plan, como:
a) elaboración de síntesis mediante la utilización de datos y resultados procedentes
de diversas fuentes;
b) elaboración de nomenclaturas y clasificaciones de amplio uso;
c) confección de registros de unidades estadísticas utilizados como marcos de
censos y encuestas, y
d) desarrollo de métodos y procedimientos, estadísticos e informáticos, para
mejorar la producción de estadísticas.
2. Códigos de la operación estadística
Código de la operación estadística en el Programa anual 2025
Es el mismo código con que figura la estadística en el Plan Estadístico
Nacional 2025-2028, que se mantiene fijo a lo largo de sus cuatro años de vigencia, y
varía respecto al Plan Estadístico Nacional anterior. Las nuevas estadísticas que se
incorporan al Plan a través de los programas anuales se van añadiendo con un código
correlativo en su respectivo sector o tema.
Código de la operación estadística en el Inventario de operaciones estadísticas (IOE)
Es el código de identificación de la operación estadística en el (https://
www.ine.es/dyngs/IOE/es/index.htm). Se trata de un código de cinco dígitos, sin
significado alguno, que se ha mantenido fijo para cada operación estadística a lo largo
del tiempo.

cve: BOE-A-2025-2578
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 37