Consejo General Del Poder Judicial. III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2025-2634)
Acuerdo de 28 de enero de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, por el que se aprueban la composición de secciones, normas de reparto y asignación de ponencias de la Sala de lo Civil y Penal, y de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19300

– 2408: Cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden penal o
de menores (Art. 73.3 d9 y 73.5 LOPJ).
– 2409: Auxilio judicial penal.
– 2410: Incidentes de abstención o recusación en asuntos penales (Art. 221
y 227.6.º LOPJ)
– 2411: Impugnación de las resoluciones denegatorias de justicia gratuita para
ejercicio de acciones penales (Art. 20 de la ley de Asistencia jurídica Gratuita).
– 2412: Procedimientos de decomiso autónomo (Art. 73.3 e) LOPJ).
– 2413: Incidentes.
El Presidente del Tribunal Superior de Justicia no turnará los grupos 2401, 2402,
2403, 2404, 240601 y 240701. (…)»
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«Sala de lo Social. Normas de reparto y asignación de ponencias para 2025.
Estas normas de reparto de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del
País Vasco sustituyen a las aprobadas por su Sala de Gobierno para el año 2024.
Se plantea mantenerlas en todos sus términos.
I.

Normas de reparto.

1)

Normas generales.

A)

procesos en los que la sala conoce en instancia.

1)
2)

Demandas en materia de despidos colectivos
Demandas en el resto de procesos.

B)

procesos en los que la sala conoce por vía de recurso.

1) Tutela de derechos fundamentales.
2) Recursos de suplicación contra resoluciones de los Juzgados de lo Mercantil.
3) Conflictos colectivos, modificaciones colectivas de condiciones de trabajo,
movilidad geográfica colectiva.
4) Impugnación de convenios colectivos, resolución denegatoria del depósito de
estatutos de sindicatos y asociaciones empresariales o la impugnación de dichos
estatutos.
5) Despidos –disciplinario, objetivo y restantes extinciones del contrato de trabajo o
vínculos análogos– impugnados por la modalidad procesal de despido.
6) Extinciones del contrato de trabajo o vínculos análogos a instancias de la
persona trabajadora.
7) Restantes procesos por cualquier otro concepto derivado del contrato de trabajo.
8) Prestaciones por incapacidad permanente contributiva cuando sólo se dirime el
grado –tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales–,
impugnación de altas médicas y grado de discapacidad.
9) Procesos en materia de accidente de trabajo, enfermedad profesional,
prevención de riesgos laborales, recargo de prestaciones por omisión de medidas de
seguridad, responsabilidad civil derivada de accidente de trabajo y enfermedad
profesional.
10) Procesos en materia de desempleo –prestación o subsidio–.

cve: BOE-A-2025-2634
Verificable en https://www.boe.es

Mientras se mantenga el actual sistema de conocimiento de todo tipo de asuntos por
cada sección, éstos, al entrar en la Sala, y con las excepciones que luego se indican., se
repartirán entre los Magistrados y Magistradas, que la componen por riguroso orden
correlativo dentro de cada unos de los grupos en los que se clasifican a estos efectos: