Consejo General Del Poder Judicial. III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2025-2633)
Acuerdo de 28 de enero de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, referente a las propuestas sobre turnos de reparto, constitución y funcionamiento de las distintas salas del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para el año 2025.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19289

− Cuando, después de una segunda votación, no resultare mayoría de votos sobre
cualquiera de los pronunciamientos que deban hacerse, la Sala de discordia se completará
con tres magistrados/as más, para lo que serán llamados quienes sigan en antigüedad a los
ya integrados en la Sala como Presidentes o como más antiguos de cada una de las Salas
Civil y Penal, Contencioso Administrativo y Social del TSJ (art. 262 LOPJ).
Tercero. Reglas sobre registro y turno de ponencias.
3.1 El registro de todos los asuntos competencia de la Sala del art. 77 LOPJ se
realizará por riguroso orden de entrada en la Secretaría de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia, donde serán registrados y numerados correlativamente por cada
anualidad natural.
3.2 Las ponencias de todos los asuntos así registrados y numerados se turnarán
entre los magistrados o magistradas que forman la Sala del art. 77 LOPJ, conforme al
siguiente orden:
1.ª/
2.ª/
3.ª/
4.ª/
5.ª/
6.ª/

Presidente del Tribunal Superior de Justicia y de la Sala C-P.
Presidente de la Sala de lo C-A.
Presidente de la Sala de lo Social.
Magistrado o magistrada más moderno de la Sala C-P.
Magistrado o magistrada más moderno de la Sala de lo C-A.
Magistrado o magistrada más moderno de la Sala de lo Social.

3.3 El turno señalado en la regla anterior será asumido por el magistrado/a que, en
su caso, entre en sustitución de cada categoría.
3.4 La rotación de ponencias será sucesiva, seguirá un orden descendente a partir
de la última ponencia turnada en cada momento y no se interrumpirán con el año natural.
3.5 Si en el curso de una votación el ponente designado quedare en minoría y
anunciase la formulación de voto particular, la ponencia será turnada, siguiendo el orden
descendente previsto en la regla 3.2, al primero de los que conformen la mayoría. En tal
caso ambos consumirán turno.
Cuarto.

Cláusula de transparencia y vigencia.

Estas normas de constitución y de reparto de ponencias se aplicarán a los asuntos
registrados durante el año 2025.
Las presentes normas y sus modificaciones serán puestas en conocimiento de los
Presidentes de cada una de las tres Salas del Tribunal Superior de Justicia, y de los
respectivos magistrados/as más modernos de cada una de ellas, para su conocimiento y
constancia; deberán ser publicadas en el Portal de Trasparencia del Tribunal Superior de
Justicia, para general conocimiento, así como notificadas a la Fiscalía Superior de este
Tribunal Superior de Justicia, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores
de Cataluña, y a la Secretaría de Gobierno de este TSJ.
• • • • •

Primero. Composición de la Sala Civil y Penal.
La composición de la Sala Civil y Penal queda configurada por la siguiente relación
de magistrados, establecida en función de su antigüedad respectiva, salvo en el caso de
su presidente:
1.º Excmo. Sr. Presidente D. Jesús M.ª Barrientos Pacho.
2.º Ilma. Sra. D.ª María Eugenia Alegret Burgués.

cve: BOE-A-2025-2633
Verificable en https://www.boe.es

Criterios de Composición y Funcionamiento de la Sala Civil y Penal y de Asignación de
Ponencias y Sustituciones entre sus magistrados para el año judicial 2025