Consejo General Del Poder Judicial. III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2025-2636)
Acuerdo de 28 de enero de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por el que se aprueban para el próximo año natural 2025, la composición, funcionamiento y asignación de ponencias entre los/as magistrados de la Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-Administrativo, y Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Miércoles 12 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19307
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
2636
Acuerdo de 28 de enero de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por el que
se aprueban para el próximo año natural 2025, la composición,
funcionamiento y asignación de ponencias entre los/as magistrados de la
Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-Administrativo, y Sala de lo
Social de este Tribunal Superior de Justicia.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
de 28 de enero de 2025, acordó hacer público en el «Boletín Oficial del Estado» del
acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha,
en sesión de fecha 28 de noviembre de 2024, por el que se aprueban para el próximo
año natural 2025, la composición, funcionamiento y asignación de ponencias entre los/as
magistrados de la Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-administrativo, y Sala
de lo Social, del siguiente tenor:
Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha
(…) «Registro y reparto de asuntos:
El registro para su posterior reparto de los asuntos se efectuará con arreglo a las
clases aprobadas por el CGPJ que se adjunta a continuación Anexos I (Civil) y II (Penal).
Dicha clasificación será operativa en cuanto se adapten los sistemas informáticos, a
cuyo fin se efectuarán las gestiones oportunas para que puedan llevarse a cabo dichas
adaptaciones.
Turnos de distribución de asuntos y ponencias general:
El Presidente de la Sala por su dedicación a asuntos gubernativos en la Presidencia
del Tribunal Superior de Justicia tendrá una exención de un 25 % del reparto del resto de
los Magistrados, que se concreta en la exención de instrucción de asuntos y de juicios de
jurado, y en los turnos de ponencias fijados a continuación para su caso.
En cada clase o naturaleza de asunto o procedimiento se turnará la ponencia por
orden sucesivo a todos los Magistrados, incluido el Presidente, comenzando por el más
moderno en el escalafón y así hasta el Presidente que turnará el último; comenzando de
nuevo el turno siguiente por el Magistrado más moderno.
En caso de que deba llevarse a cabo la instrucción de una causa, el Instructor no
podrá ser el Ponente, ni este Instructor. Si se diera esta circunstancia por virtud del orden
preestablecido de asignación de ponencias y turnos para la instrucción de causas,
pasará el turno de la ponencia al siguiente en el orden que corresponda, atendiendo
siempre en estos casos a una distribución igualitaria de las funciones de Instructor entre
los tres Magistrados titulares de la Sala y de las funciones de Ponente entre los tres
componentes de la Sala.
cve: BOE-A-2025-2636
Verificable en https://www.boe.es
Asuntos penales:
Núm. 37
Miércoles 12 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 19307
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
2636
Acuerdo de 28 de enero de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por el que
se aprueban para el próximo año natural 2025, la composición,
funcionamiento y asignación de ponencias entre los/as magistrados de la
Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-Administrativo, y Sala de lo
Social de este Tribunal Superior de Justicia.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
de 28 de enero de 2025, acordó hacer público en el «Boletín Oficial del Estado» del
acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha,
en sesión de fecha 28 de noviembre de 2024, por el que se aprueban para el próximo
año natural 2025, la composición, funcionamiento y asignación de ponencias entre los/as
magistrados de la Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-administrativo, y Sala
de lo Social, del siguiente tenor:
Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha
(…) «Registro y reparto de asuntos:
El registro para su posterior reparto de los asuntos se efectuará con arreglo a las
clases aprobadas por el CGPJ que se adjunta a continuación Anexos I (Civil) y II (Penal).
Dicha clasificación será operativa en cuanto se adapten los sistemas informáticos, a
cuyo fin se efectuarán las gestiones oportunas para que puedan llevarse a cabo dichas
adaptaciones.
Turnos de distribución de asuntos y ponencias general:
El Presidente de la Sala por su dedicación a asuntos gubernativos en la Presidencia
del Tribunal Superior de Justicia tendrá una exención de un 25 % del reparto del resto de
los Magistrados, que se concreta en la exención de instrucción de asuntos y de juicios de
jurado, y en los turnos de ponencias fijados a continuación para su caso.
En cada clase o naturaleza de asunto o procedimiento se turnará la ponencia por
orden sucesivo a todos los Magistrados, incluido el Presidente, comenzando por el más
moderno en el escalafón y así hasta el Presidente que turnará el último; comenzando de
nuevo el turno siguiente por el Magistrado más moderno.
En caso de que deba llevarse a cabo la instrucción de una causa, el Instructor no
podrá ser el Ponente, ni este Instructor. Si se diera esta circunstancia por virtud del orden
preestablecido de asignación de ponencias y turnos para la instrucción de causas,
pasará el turno de la ponencia al siguiente en el orden que corresponda, atendiendo
siempre en estos casos a una distribución igualitaria de las funciones de Instructor entre
los tres Magistrados titulares de la Sala y de las funciones de Ponente entre los tres
componentes de la Sala.
cve: BOE-A-2025-2636
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