Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-2557)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Universidad de León, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
12.2
Sec. II.B. Pág. 18661
Los documentos a presentar son los siguientes:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad. Para los nacionales
indicados en la base 2.1.a), la referencia a DNI/NIF debe ser entendida al documento
correspondiente.
b) Fotocopia compulsada del título académico requerido para la plaza para la que
ha sido propuesto.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibilite para el desempeño de las funciones del puesto.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la
nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.
e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el
caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
12.3 Estará exento de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar
certificación extendida por el órgano competente de la Administración de la que
dependieran para acreditar su condición y servicios.
12.4 El nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», comunicado al correspondiente Registro a efectos
de inscripción y otorgamiento del número de Registro de Personal y comunicado al
Consejo de Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza:
Cuerpo, Especialidad de Conocimiento, Departamento y Campus.
12.5 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto/a deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la
condición de funcionario/a del cuerpo docente universitario de que se trate por la
Universidad de León, con los derechos y deberes que le son propios.
12.6 La plaza obtenida tras el Concurso de Acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años, antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener
plaza en otra Universidad.
12.7 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
Custodia y retirada de la documentación
13.1 La documentación de los concursantes a plazas que no hayan sido objeto de
reclamación o recurso podrá ser retirada por los interesados en la Sección de Personal
Docente e Investigador, una vez transcurrido el plazo de tres meses a contar desde la
publicación de la resolución rectoral que puso fin al proceso selectivo.
13.2 La documentación de los aspirantes a las plazas que hayan sido objeto de
recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución impugnada. Sin perjuicio
de lo anterior, los interesados podrán realizar copia de la misma a otros efectos.
13.3 Transcurridos seis meses adicionales sin que los interesados hubieran retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
14.
Datos de carácter personal
14.1 De acuerdo con lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, (BOE del 6
diciembre), los datos facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero
Personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de León, gestión
de
de
de
de
cve: BOE-A-2025-2557
Verificable en https://www.boe.es
13.
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
12.2
Sec. II.B. Pág. 18661
Los documentos a presentar son los siguientes:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad. Para los nacionales
indicados en la base 2.1.a), la referencia a DNI/NIF debe ser entendida al documento
correspondiente.
b) Fotocopia compulsada del título académico requerido para la plaza para la que
ha sido propuesto.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibilite para el desempeño de las funciones del puesto.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la
nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.
e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el
caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
12.3 Estará exento de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar
certificación extendida por el órgano competente de la Administración de la que
dependieran para acreditar su condición y servicios.
12.4 El nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», comunicado al correspondiente Registro a efectos
de inscripción y otorgamiento del número de Registro de Personal y comunicado al
Consejo de Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza:
Cuerpo, Especialidad de Conocimiento, Departamento y Campus.
12.5 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto/a deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la
condición de funcionario/a del cuerpo docente universitario de que se trate por la
Universidad de León, con los derechos y deberes que le son propios.
12.6 La plaza obtenida tras el Concurso de Acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años, antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener
plaza en otra Universidad.
12.7 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
Custodia y retirada de la documentación
13.1 La documentación de los concursantes a plazas que no hayan sido objeto de
reclamación o recurso podrá ser retirada por los interesados en la Sección de Personal
Docente e Investigador, una vez transcurrido el plazo de tres meses a contar desde la
publicación de la resolución rectoral que puso fin al proceso selectivo.
13.2 La documentación de los aspirantes a las plazas que hayan sido objeto de
recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución impugnada. Sin perjuicio
de lo anterior, los interesados podrán realizar copia de la misma a otros efectos.
13.3 Transcurridos seis meses adicionales sin que los interesados hubieran retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
14.
Datos de carácter personal
14.1 De acuerdo con lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, (BOE del 6
diciembre), los datos facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero
Personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de León, gestión
de
de
de
de
cve: BOE-A-2025-2557
Verificable en https://www.boe.es
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