Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2025-2569)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18810
Sociales, Consumo y Agenda 2030 en virtud del Real Decreto 829/2023, de 20 de
noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Que el Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública actúa de acuerdo
con las competencias que en materia de juego se atribuyen al Departamento de
Hacienda, Interior y Administración Pública en la Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego
de la Comunidad Autónoma de Aragón (artículo 1 y 13), en el artículo 48.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Ley 5/2021,
de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de
Aragón (artículo 148 y 150), el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del
Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos
(artículo 4.1 apartado b) y Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Aragón (artículo 2.2).
IV
En virtud de cuanto se ha venido señalando, y de conformidad ambas partes en que
se lleve a cabo el reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los registros
de interdicciones de acceso al juego de ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de
Aragón, previo cumplimiento de las formalidades contempladas en los artículos 47 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
demás disposiciones dictadas en su desarrollo, vienen a suscribir el presente convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un mecanismo de
colaboración entre los correspondientes registros de interdicciones de acceso al juego de
ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de Aragón, que permita el reconocimiento
mutuo de las inscripciones realizadas en cada uno de ellos mediante la oportuna
transmisión de información, así como la realización de los desarrollos informáticos
necesarios para lograr este fin.
Este convenio tiene por finalidad la consecución de un modelo de protección óptimo
dirigido a la ciudadanía, en el marco del reconocimiento mutuo de las singularidades
regulatorias del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (en adelante,
RGIAJ) y del registro autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de Aragón, y
el respeto y valoración de los distintos modelos desarrollados por ambas partes a través
de los compromisos asumidos en su clausulado.
Compromisos de la Dirección General de Ordenación del Juego.
1. La Dirección General de Ordenación del Juego (en adelante, DGOJ) se
compromete a inscribir en el RGIAJ mediante la correspondiente resolución de
inscripción en dicho registro, las inscripciones de personas en el registro autonómico de
prohibidos de la Comunidad Autónoma de Aragón remitidas por la autoridad autonómica
a la DGOJ a través de la Plataforma de Intermediación de Datos del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública (en adelante, Plataforma de
Intermediación de Datos).
Estas inscripciones conllevarán la prohibición de acceder a las actividades de juego
de ámbito estatal en los términos que se haya previsto en la normativa estatal que
resulte de aplicación.
No podrán inscribirse, cancelarse o modificarse en el RGIAJ las remisiones de
información de la Comunidad Autónoma de Aragón a la DGOJ relativas a personas que
cve: BOE-A-2025-2569
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18810
Sociales, Consumo y Agenda 2030 en virtud del Real Decreto 829/2023, de 20 de
noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Que el Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública actúa de acuerdo
con las competencias que en materia de juego se atribuyen al Departamento de
Hacienda, Interior y Administración Pública en la Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego
de la Comunidad Autónoma de Aragón (artículo 1 y 13), en el artículo 48.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Ley 5/2021,
de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de
Aragón (artículo 148 y 150), el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del
Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos
(artículo 4.1 apartado b) y Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Aragón (artículo 2.2).
IV
En virtud de cuanto se ha venido señalando, y de conformidad ambas partes en que
se lleve a cabo el reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los registros
de interdicciones de acceso al juego de ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de
Aragón, previo cumplimiento de las formalidades contempladas en los artículos 47 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
demás disposiciones dictadas en su desarrollo, vienen a suscribir el presente convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un mecanismo de
colaboración entre los correspondientes registros de interdicciones de acceso al juego de
ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de Aragón, que permita el reconocimiento
mutuo de las inscripciones realizadas en cada uno de ellos mediante la oportuna
transmisión de información, así como la realización de los desarrollos informáticos
necesarios para lograr este fin.
Este convenio tiene por finalidad la consecución de un modelo de protección óptimo
dirigido a la ciudadanía, en el marco del reconocimiento mutuo de las singularidades
regulatorias del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (en adelante,
RGIAJ) y del registro autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de Aragón, y
el respeto y valoración de los distintos modelos desarrollados por ambas partes a través
de los compromisos asumidos en su clausulado.
Compromisos de la Dirección General de Ordenación del Juego.
1. La Dirección General de Ordenación del Juego (en adelante, DGOJ) se
compromete a inscribir en el RGIAJ mediante la correspondiente resolución de
inscripción en dicho registro, las inscripciones de personas en el registro autonómico de
prohibidos de la Comunidad Autónoma de Aragón remitidas por la autoridad autonómica
a la DGOJ a través de la Plataforma de Intermediación de Datos del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública (en adelante, Plataforma de
Intermediación de Datos).
Estas inscripciones conllevarán la prohibición de acceder a las actividades de juego
de ámbito estatal en los términos que se haya previsto en la normativa estatal que
resulte de aplicación.
No podrán inscribirse, cancelarse o modificarse en el RGIAJ las remisiones de
información de la Comunidad Autónoma de Aragón a la DGOJ relativas a personas que
cve: BOE-A-2025-2569
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.