Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2025-2565)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se dictan los procedimientos a seguir para la evaluación de la prueba de idoneidad para la obtención de los títulos profesionales de la marina mercante de Patrón de Altura, Mecánico Mayor Naval, Patrón de Litoral y Mecánico Naval.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18779
El tribunal, para evaluar este bloque, contará con toda la documentación presentada
para la admisión a la prueba de idoneidad, que acredite que el aspirante cumple con
todos los requisitos exigidos para la expedición de los títulos profesionales de que se
trate.
II. El bloque sobre competencias tendrá una puntuación máxima de 12 puntos, que
se repartirán de la siguiente manera atendiendo a cada titulación profesional:
a)
Patrón de altura y patrón de litoral:
Tres preguntas sobre el mantenimiento de una guardia de navegación segura con
una puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, tres.
Una pregunta por cada una de las nueve competencias restantes del anexo I con una
puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, nueve.
b)
Mecánico mayor naval y mecánico naval.
3. Las respuestas dadas por los aspirantes a cada una de las preguntas serán
evaluadas, conforme a los criterios de evaluación previamente establecidos, de forma
independiente por cada uno de los miembros del tribunal, los cuales emitirán y dejarán
registrada por escrito su valoración. La puntuación final de cada una de las preguntas se
obtendrá mediante la media aritmética de las puntuaciones individuales de los miembros
del tribunal.
4. Las preguntas se calificarán de la siguiente manera: de 0 a 0,7 puntos se
valorará la corrección de la respuesta, 0,2 puntos adicionales si se hace uso de un
lenguaje técnico correcto y 0,1 puntos adicionales si en la contestación a la pregunta se
incluyen referencias normativas que apoyen la respuesta.
5. Cuando algún aspirante obtenga una puntuación inferior a 0,5 en una
competencia, el tribunal podrá realizar otra pregunta que se puntuará de la misma forma
descrita arriba. En estos casos, solo se tendrá en cuenta la puntuación más alta obtenida
en esa competencia.
6. La puntuación total de la prueba de idoneidad se obtendrá sumando las
puntuaciones obtenidas en cada una de las preguntas. Se calificarán como aptos a
aquellos aspirantes que como mínimo sumen, entre los dos bloques, un total de siete
puntos.
7. Si el tribunal, a través de las preguntas establecidas en este apartado,
confirmara que el aspirante no ha realizado los periodos de embarque o de formación en
tierra o el Libro de Registro de la Formación no ha sido cumplimentado conforme a lo
dispuesto en él o cualquier otra irregularidad relacionada con los periodos de formación
práctica o el Libro de Registro de la Formación, suspendería la evaluación de ese
aspirante y lo calificaría como no apto.
8. Finalizada la prueba de idoneidad, el tribunal expedirá un acta con la calificación
de apto o no apto por cada aspirante, incluidos los no presentados.
cve: BOE-A-2025-2565
Verificable en https://www.boe.es
Dos preguntas sobre el mantenimiento de una guardia de máquinas segura con una
puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, dos.
Una pregunta por cada una de las diez competencias restantes del anexo II con una
puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, 10.
En los anexos I y II se resume lo anterior mediante tablas que incluyen las materias
de las competencias de este bloque de competencias correspondientes a cada titulación
profesional, el número de preguntas que hay que realizar y su valor. Los propios anexos
servirán como modelo oficial para las evaluaciones de los aspirantes a los títulos
profesionales referidos en ellos.
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18779
El tribunal, para evaluar este bloque, contará con toda la documentación presentada
para la admisión a la prueba de idoneidad, que acredite que el aspirante cumple con
todos los requisitos exigidos para la expedición de los títulos profesionales de que se
trate.
II. El bloque sobre competencias tendrá una puntuación máxima de 12 puntos, que
se repartirán de la siguiente manera atendiendo a cada titulación profesional:
a)
Patrón de altura y patrón de litoral:
Tres preguntas sobre el mantenimiento de una guardia de navegación segura con
una puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, tres.
Una pregunta por cada una de las nueve competencias restantes del anexo I con una
puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, nueve.
b)
Mecánico mayor naval y mecánico naval.
3. Las respuestas dadas por los aspirantes a cada una de las preguntas serán
evaluadas, conforme a los criterios de evaluación previamente establecidos, de forma
independiente por cada uno de los miembros del tribunal, los cuales emitirán y dejarán
registrada por escrito su valoración. La puntuación final de cada una de las preguntas se
obtendrá mediante la media aritmética de las puntuaciones individuales de los miembros
del tribunal.
4. Las preguntas se calificarán de la siguiente manera: de 0 a 0,7 puntos se
valorará la corrección de la respuesta, 0,2 puntos adicionales si se hace uso de un
lenguaje técnico correcto y 0,1 puntos adicionales si en la contestación a la pregunta se
incluyen referencias normativas que apoyen la respuesta.
5. Cuando algún aspirante obtenga una puntuación inferior a 0,5 en una
competencia, el tribunal podrá realizar otra pregunta que se puntuará de la misma forma
descrita arriba. En estos casos, solo se tendrá en cuenta la puntuación más alta obtenida
en esa competencia.
6. La puntuación total de la prueba de idoneidad se obtendrá sumando las
puntuaciones obtenidas en cada una de las preguntas. Se calificarán como aptos a
aquellos aspirantes que como mínimo sumen, entre los dos bloques, un total de siete
puntos.
7. Si el tribunal, a través de las preguntas establecidas en este apartado,
confirmara que el aspirante no ha realizado los periodos de embarque o de formación en
tierra o el Libro de Registro de la Formación no ha sido cumplimentado conforme a lo
dispuesto en él o cualquier otra irregularidad relacionada con los periodos de formación
práctica o el Libro de Registro de la Formación, suspendería la evaluación de ese
aspirante y lo calificaría como no apto.
8. Finalizada la prueba de idoneidad, el tribunal expedirá un acta con la calificación
de apto o no apto por cada aspirante, incluidos los no presentados.
cve: BOE-A-2025-2565
Verificable en https://www.boe.es
Dos preguntas sobre el mantenimiento de una guardia de máquinas segura con una
puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, dos.
Una pregunta por cada una de las diez competencias restantes del anexo II con una
puntuación máxima de un punto por pregunta. Puntuación máxima total, 10.
En los anexos I y II se resume lo anterior mediante tablas que incluyen las materias
de las competencias de este bloque de competencias correspondientes a cada titulación
profesional, el número de preguntas que hay que realizar y su valor. Los propios anexos
servirán como modelo oficial para las evaluaciones de los aspirantes a los títulos
profesionales referidos en ellos.