Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2025-2563)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de los títulos de Patrón de Altura, Patrón de Litoral, Mecánico Mayor Naval y Mecánico Naval de la marina mercante, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18737
2. La inscripción en una de las convocatorias será realizada preferentemente vía
sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible una única vez, por
medio del enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/marina-mercantemaritimo/
titulaciones/titulos-documentacion-examenes-profesionales/matriculacion-pruebaidoneidad
3. No se admitirá más de una solicitud por convocatoria, en este sentido, sólo se
admitirá a trámite la primera solicitud por orden de fecha de registro.
Quinta. Documentación para la prueba de idoneidad.
Conforme a la base cuarta de esta resolución, la documentación para la solicitud de
la prueba de idoneidad es la siguiente:
1. Solicitud (anexo II de esta resolución).
2. Documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor.
3. Una fotografía reciente del interesado, semejante a las exigidas para el
documento nacional de identidad.
4. Certificado de prácticas obligatorias admitidas.
Sexta. Lugar de solicitud de realización de la prueba.
Tanto la solicitud de la admisión de prácticas validas, como la solicitud de admisión a
la prueba de idoneidad deberán realizarse en la capitanía marítima correspondiente al
centro de formación profesional donde cursó sus estudios, salvo que por las siguientes
razones justificadas tenga que solicitarlo en otra capitanía marítima distinta:
i. Cursar estudios de FP o universitarios en el ámbito territorial de otra capitanía,
adjuntar matrícula.
ii. Residencia, adjuntar empadronamiento.
iii. Por razón de contrato de trabajo, adjuntar contrato.
iv. No exista convocatoria en ese semestre en la capitanía donde finalizó los
estudios. No es necesario aportar ningún documento.
Séptima.
Número de convocatorias y lugares de celebración.
1. Las pruebas se realizarán dentro del año 2025 en dos convocatorias ordinarias,
una por cada semestre del año. Estas serán establecidas por los centros a principios de
año.
2. La última convocatoria del año deberá iniciarse antes de que finalice la última
semana de octubre.
3. Las pruebas, según su especialidad, se celebrarán en los centros de formación
profesional.
Los tribunales que han de realizar las pruebas de idoneidad publicarán en los
tablones de anuncio tanto de la capitanía marítima y sus distritos como en el centro de
formación la siguiente información:
1. Inicio y fin de periodo de solicitud del certificado de prácticas admitidas. El plazo
de admisión de solicitudes del certificado de prácticas admitidas finalizará 15 días antes
del fin de la admisión de solicitudes a prueba de idoneidad.
2. Matriculación a la prueba de idoneidad: presentación de solicitudes y
documentación preferiblemente a través de la Sede.
3. Lista provisional de admitidos y excluidos a la prueba de idoneidad.
cve: BOE-A-2025-2563
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Publicación relativa a la prueba de idoneidad.
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18737
2. La inscripción en una de las convocatorias será realizada preferentemente vía
sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible una única vez, por
medio del enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/marina-mercantemaritimo/
titulaciones/titulos-documentacion-examenes-profesionales/matriculacion-pruebaidoneidad
3. No se admitirá más de una solicitud por convocatoria, en este sentido, sólo se
admitirá a trámite la primera solicitud por orden de fecha de registro.
Quinta. Documentación para la prueba de idoneidad.
Conforme a la base cuarta de esta resolución, la documentación para la solicitud de
la prueba de idoneidad es la siguiente:
1. Solicitud (anexo II de esta resolución).
2. Documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor.
3. Una fotografía reciente del interesado, semejante a las exigidas para el
documento nacional de identidad.
4. Certificado de prácticas obligatorias admitidas.
Sexta. Lugar de solicitud de realización de la prueba.
Tanto la solicitud de la admisión de prácticas validas, como la solicitud de admisión a
la prueba de idoneidad deberán realizarse en la capitanía marítima correspondiente al
centro de formación profesional donde cursó sus estudios, salvo que por las siguientes
razones justificadas tenga que solicitarlo en otra capitanía marítima distinta:
i. Cursar estudios de FP o universitarios en el ámbito territorial de otra capitanía,
adjuntar matrícula.
ii. Residencia, adjuntar empadronamiento.
iii. Por razón de contrato de trabajo, adjuntar contrato.
iv. No exista convocatoria en ese semestre en la capitanía donde finalizó los
estudios. No es necesario aportar ningún documento.
Séptima.
Número de convocatorias y lugares de celebración.
1. Las pruebas se realizarán dentro del año 2025 en dos convocatorias ordinarias,
una por cada semestre del año. Estas serán establecidas por los centros a principios de
año.
2. La última convocatoria del año deberá iniciarse antes de que finalice la última
semana de octubre.
3. Las pruebas, según su especialidad, se celebrarán en los centros de formación
profesional.
Los tribunales que han de realizar las pruebas de idoneidad publicarán en los
tablones de anuncio tanto de la capitanía marítima y sus distritos como en el centro de
formación la siguiente información:
1. Inicio y fin de periodo de solicitud del certificado de prácticas admitidas. El plazo
de admisión de solicitudes del certificado de prácticas admitidas finalizará 15 días antes
del fin de la admisión de solicitudes a prueba de idoneidad.
2. Matriculación a la prueba de idoneidad: presentación de solicitudes y
documentación preferiblemente a través de la Sede.
3. Lista provisional de admitidos y excluidos a la prueba de idoneidad.
cve: BOE-A-2025-2563
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Publicación relativa a la prueba de idoneidad.