Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Denominaciones de origen. (BOE-B-2025-4638)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede declaración en concreto de utilidad pública para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología eólica. (PP. 8577/2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Lunes 10 de febrero de 2025

Sec. V-B. Pág. 7025

correspondientes.
• Cada aerogenerador tendrá ubicado en su propio nacelle un transformador
con relación 0,69/30 kV y potencia 7000 kVA, mediante el cual se conecta a la red
de media tensión del parque.
• La instalación de media tensión o distribuidora la componen cada uno de los
conjuntos aerogenerador/transformador y un circuito soterrado de alimentación en
media tensión en 30 kV, que enlaza los conjuntos aerogenerador/transformador
con la Subestación elevadora 30/220 kV «Pinarejo» (objeto de proyecto
independiente).
• Acceso, viales interiores y viales secundarios para acceso a cada uno de los
aerogeneradores.
Potencia Instalada de generación: 24 MW (art. 3 R.D. 413/2014).
Potencia Máxima de Evacuación: 24 MW.
Tensión de evacuación: 400 kV.
Punto de conexión: SET La Roda 400 kV (Red Eléctrica de España, S.A.U.).
Coordenadas UTM del centro geométrico de la instalación (ETRS 89 Huso
30S): X 303179 - Y 4113484.
Proyectos técnicos: Proyecto de Ejecución Parque Eólico Pinarejo II y Visado
12210393-01 de fecha 22 de julio de 2021, Colegio oficial de Ingenieros Técnicos
Industriales de Jaén.
Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, Ángel María Abad
León, colegiado núm. 2011 del Colegio oficial de Ingenieros Técnicos Industriales
de Jaén.

DENOMINACIÓN

NÚM. DE EXPEDIENTE

«PARQUE EÓLICO PINAREJO I»

264.321

«LÍNEA AÉREA ALTA TENSIÓN, 220 KV S/C FUTURA SET PINAREJO – SET ÁLAMO»

283.156 (expte interprovincial: 20180071)

Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la
normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según
se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo
cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo
siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:
• Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como
sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la

cve: BOE-B-2025-4638
Verificable en https://www.boe.es

La infraestructura de evacuación denominada «Línea aérea alta tensión, 220
kV S/C futura SET Pinarejo-SET Álamo», para la evacuación de los Parques
Pinarejo I y Pinarejo II, en los términos municipales de La Puebla de Cazalla,
Osuna, El Saucejo, Los Corrales en la provincia de Sevilla y Campillos en la
provincia de Málaga, que es objeto de otro expediente, es compartida con varias
instalaciones de generación, que son objeto de proyecto y tramitación
independiente. Se detalla en la tabla adjunta: