Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-2479)
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable del Proyecto Lera, SLU, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del parque eólico Lera, de 42 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Teruel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18315
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2479
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable del Proyecto Lera, SLU, de autorización administrativa previa y
autorización administrativa de construcción del parque eólico Lera, de 42 MW
de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia
de Teruel.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en base a los
siguientes
I.
Autorización administrativa previa del proyecto.
Energías Renovables de Ormonde 60, SL solicitó, con fecha 24 de febrero de 2021,
subsanada el 31 de marzo de 2021, autorización administrativa previa y declaración de
impacto ambiental del parque eólico Lera, de 38,5 MW de potencia, junto con su
infraestructura de evacuación, consistente en las líneas eléctricas a 30 kV hasta la
subestación eléctrica SET Allueva 30/132 kV, en la provincia de Teruel.
Energías Renovables de Ormonde 59 SL solicitó con fecha 24 de febrero de 2021,
subsanada el 31 de marzo de 2021, autorización administrativa previa y declaración de
impacto ambiental del parque eólico El Pelado, de 38,5 MW de potencia, las
subestaciones eléctricas SET Allueva 30/132 kV y SET La Hoz 30/132 kV, junto con sus
líneas de evacuación a 30 kV y 132 kV hasta la subestación eléctrica SET
Moneva 30/132/220/400 kV.
Ambos proyectos de las instalaciones y su estudio de impacto ambiental fueron
sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental (DIA) mediante Resolución de fecha 14 de
abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se establecen las
condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, publicada en el
«Boletín Oficial del Estado» núm. 103, de 1 de mayo de 2023.
A la vista de la exclusión en dicha Declaración de Impacto Ambiental del Parque
Eólico El Pelado por afección a la servidumbres aeronáuticas de la Base Aérea de
Zaragoza, se remite oficio aclaratorio a la Subdirección General de Evaluación ambiental
en fecha 21 de junio de 2023, solicitando pronunciamiento sobre la factibilidad de
considerar la DIA como formulada positiva para los parques remanentes y las
infraestructuras conjuntas de evacuación tramitadas en el parque eólico El Pelado, cuyos
aerogeneradores quedan eliminados en su totalidad. La Subdirección General de
Evaluación Ambiental contesta en fecha 13 de julio de 2023 y responde que, analizada la
consulta, se pronuncia de manera favorable respecto de la infraestructura de evacuación
compuesta por la Subestación eléctrica SET Allueva 30/132 kV, la línea eléctrica aérea
de 132 kV entre la SET Allueva y la SET La Hoz, la subestación eléctrica SET La
Hoz 30/132 kV y la línea eléctrica aérea de 132 kV entre SET La Hoz y SET Moneva,
cve: BOE-A-2025-2479
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Hechos
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18315
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2479
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable del Proyecto Lera, SLU, de autorización administrativa previa y
autorización administrativa de construcción del parque eólico Lera, de 42 MW
de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia
de Teruel.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en base a los
siguientes
I.
Autorización administrativa previa del proyecto.
Energías Renovables de Ormonde 60, SL solicitó, con fecha 24 de febrero de 2021,
subsanada el 31 de marzo de 2021, autorización administrativa previa y declaración de
impacto ambiental del parque eólico Lera, de 38,5 MW de potencia, junto con su
infraestructura de evacuación, consistente en las líneas eléctricas a 30 kV hasta la
subestación eléctrica SET Allueva 30/132 kV, en la provincia de Teruel.
Energías Renovables de Ormonde 59 SL solicitó con fecha 24 de febrero de 2021,
subsanada el 31 de marzo de 2021, autorización administrativa previa y declaración de
impacto ambiental del parque eólico El Pelado, de 38,5 MW de potencia, las
subestaciones eléctricas SET Allueva 30/132 kV y SET La Hoz 30/132 kV, junto con sus
líneas de evacuación a 30 kV y 132 kV hasta la subestación eléctrica SET
Moneva 30/132/220/400 kV.
Ambos proyectos de las instalaciones y su estudio de impacto ambiental fueron
sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental (DIA) mediante Resolución de fecha 14 de
abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se establecen las
condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, publicada en el
«Boletín Oficial del Estado» núm. 103, de 1 de mayo de 2023.
A la vista de la exclusión en dicha Declaración de Impacto Ambiental del Parque
Eólico El Pelado por afección a la servidumbres aeronáuticas de la Base Aérea de
Zaragoza, se remite oficio aclaratorio a la Subdirección General de Evaluación ambiental
en fecha 21 de junio de 2023, solicitando pronunciamiento sobre la factibilidad de
considerar la DIA como formulada positiva para los parques remanentes y las
infraestructuras conjuntas de evacuación tramitadas en el parque eólico El Pelado, cuyos
aerogeneradores quedan eliminados en su totalidad. La Subdirección General de
Evaluación Ambiental contesta en fecha 13 de julio de 2023 y responde que, analizada la
consulta, se pronuncia de manera favorable respecto de la infraestructura de evacuación
compuesta por la Subestación eléctrica SET Allueva 30/132 kV, la línea eléctrica aérea
de 132 kV entre la SET Allueva y la SET La Hoz, la subestación eléctrica SET La
Hoz 30/132 kV y la línea eléctrica aérea de 132 kV entre SET La Hoz y SET Moneva,
cve: BOE-A-2025-2479
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Hechos