Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2472)
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P. y la Universidad de Sevilla, para la realización de prácticas académicas externas, de carácter no laboral y no retribuidas, incluyendo las asociadas a la realización de trabajos fin de grado/máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18223
Quinto.
Que, en consecuencia, ambas partes consideran conveniente suscribir el presente
convenio para establecer fórmulas de colaboración que posibiliten la formación práctica
de los estudiantes universitarios, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
Sexto.
Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de los términos de la
colaboración entre el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la
Universidad de Sevilla, para la ejecución de prácticas académicas externas, de carácter
no laboral y no remunerado, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, según lo
especificado en el anexo I del presente convenio.
Las prácticas externas que se desarrollen al amparo del convenio podrán tener las
siguientes modalidades:
1. Prácticas externas curriculares, de conformidad con el proyecto formativo
acordado en el anexo II del presente convenio.
2. Prácticas externas no curriculares, de conformidad con el proyecto formativo
acordado en el anexo III del presente convenio.
3. Prácticas externas para el desarrollo de TFG/TFM, de conformidad con el
proyecto formativo acordado en el anexo IV del presente convenio.
El desarrollo de este convenio persigue los siguientes objetivos:
a) Facilitar el acercamiento de los estudiantes universitarios al análisis y estudio de
las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
b) Fortalecer la formación práctica de los estudiantes universitarios.
c) Posibilitar el acercamiento de los estudiantes universitarios al ejercicio de
actividades profesionales.
d) Ampliar el ámbito de realización de trabajos fin de estudio en prevención de
riesgos laborales.
e) Contribuir a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Segunda. Compromisos académicos y administrativos.
1. Antes del comienzo de las actividades deberá suscribirse entre las partes el
documento anexo I, anexo II o anexo III al presente convenio en el que se especificarán,
al menos, los siguientes datos:
–
–
–
–
Enseñanzas de Grado que esté cursando el/la alumno/a.
Curso académico en el que se inicia el desarrollo de la práctica externa en el INSST.
Datos del alumno o alumna.
Unidad del INSST donde se desarrollará la práctica externa.
cve: BOE-A-2025-2472
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se comprometen a realizar las siguientes funciones:
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18223
Quinto.
Que, en consecuencia, ambas partes consideran conveniente suscribir el presente
convenio para establecer fórmulas de colaboración que posibiliten la formación práctica
de los estudiantes universitarios, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
Sexto.
Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de los términos de la
colaboración entre el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la
Universidad de Sevilla, para la ejecución de prácticas académicas externas, de carácter
no laboral y no remunerado, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, según lo
especificado en el anexo I del presente convenio.
Las prácticas externas que se desarrollen al amparo del convenio podrán tener las
siguientes modalidades:
1. Prácticas externas curriculares, de conformidad con el proyecto formativo
acordado en el anexo II del presente convenio.
2. Prácticas externas no curriculares, de conformidad con el proyecto formativo
acordado en el anexo III del presente convenio.
3. Prácticas externas para el desarrollo de TFG/TFM, de conformidad con el
proyecto formativo acordado en el anexo IV del presente convenio.
El desarrollo de este convenio persigue los siguientes objetivos:
a) Facilitar el acercamiento de los estudiantes universitarios al análisis y estudio de
las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
b) Fortalecer la formación práctica de los estudiantes universitarios.
c) Posibilitar el acercamiento de los estudiantes universitarios al ejercicio de
actividades profesionales.
d) Ampliar el ámbito de realización de trabajos fin de estudio en prevención de
riesgos laborales.
e) Contribuir a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Segunda. Compromisos académicos y administrativos.
1. Antes del comienzo de las actividades deberá suscribirse entre las partes el
documento anexo I, anexo II o anexo III al presente convenio en el que se especificarán,
al menos, los siguientes datos:
–
–
–
–
Enseñanzas de Grado que esté cursando el/la alumno/a.
Curso académico en el que se inicia el desarrollo de la práctica externa en el INSST.
Datos del alumno o alumna.
Unidad del INSST donde se desarrollará la práctica externa.
cve: BOE-A-2025-2472
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se comprometen a realizar las siguientes funciones: