Banco de España. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-2416)
Resolución de 3 de febrero de 2025, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pompeu Fabra, para la ejecución del proyecto «El papel de las entidades financieras en la economía real».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Sábado 8 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17937

en el ámbito de la economía española. El Departamento de Estabilidad Financiera y Política
Macroprudencial participa en estas funciones, sin perjuicio del rol en las mismas que
puedan tener otros departamentos del Banco de España.
Segundo.
Que la Universidad Pompeu Fabra, es una universidad pública que presta el servicio de
educación superior mediante el estudio, la investigación y la docencia y; que actúa en
régimen de autonomía (artículo 1 de los Estatutos). Entre sus funciones generales, la
Universidad Pompeu Fabra tiene la correspondiente a la preparación para el ejercicio de
actividades profesionales que exijan la aplicación y actualización de conocimientos y
métodos científicos, tecnológicos, sociales, humanísticos, culturales y para la creación
artística y, tanto estatal como de las comunidades autónomas [artículo 2.2.b) de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario], finalidad que la Universidad
Pompeu Fabra recoge en sus Estatutos, aprobados por acuerdo de Consejo de Gobierno
de la Generalitat de Catalunya el 9 de noviembre de 2010.
Tercero.
Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
establece un marco general para el fomento y la coordinación de la investigación
científica y técnica con el fin de contribuir al desarrollo sostenible y al bienestar social
mediante la generación y difusión del conocimiento y la innovación, constituyendo el
marco de referencia para promover la colaboración entre universidades, organismos
públicos de investigación, empresas y entorno socioeconómico en general, con el fin de
dar una respuesta eficaz a las exigencias del cambio social y tecnológico.
Asimismo, en el artículo 48.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, se establece que las Administraciones Públicas, sus
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes y las
Universidades públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir
convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello pueda suponer cesión
de la titularidad de la competencia.
Cuarto.
Que es del interés de ambas partes realizar investigaciones relativas a «El papel de
las entidades financieras en la economía real».
Quinto.
Que la Universidad Pompeu Fabra cuenta entre sus investigadores, con don José
Luis Peydró, Catedrático de Economía y Empresa, especialista en la materia cuya
investigación interesa promover a las partes.
Sexto.

Séptimo.
Que con carácter previo a la suscripción del presente convenio, el Banco de España
y la Universidad han elaborado la Memoria Justificativa que se acompaña como anexo I,
en la que se analiza la necesidad y oportunidad del convenio, su impacto económico, el
carácter no contractual de la actividad que constituye su objeto, así como el cumplimento
del resto de requisitos determinados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2025-2416
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Que por tanto las partes consideran conveniente acrecentar sus relaciones
estableciendo para ellos los instrumentos de colaboración adecuados.