Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2391)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 17, por la que se suspende la inscripción de una instancia solicitando la rectificación de un asiento del Registro por error en el título.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17802
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2391
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 17, por la que
se suspende la inscripción de una instancia solicitando la rectificación de un
asiento del Registro por error en el título.
En el recurso interpuesto por don M. F. C. contra la calificación de la registradora de
la Propiedad de Valencia número 17, doña María Elena Moreno Romero, por la que se
suspende la inscripción de una instancia solicitando la rectificación de un asiento del
Registro por error en el título.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 7 de enero de 1966 por el notario de Benetússer,
don Ramón Herrán de las Pozas, se otorgaba la protocolización de un cuaderno
particional en el que en su apartado segundo del inventario del cuaderno constaba una
«parcela de tierra.–huerta, sita en término de Benetúser, partida (…), de cinco
hanegadas treinta brazas y media de superficie, equivalentes a cuarenta y dos áreas
noventa y siete centiáreas veinticinco decímetros cuadrados, que linda (…) La parcela
descrita en este número es parte segregada y como parcela independiente se solicita del
señor Registrador de la propiedad de Valencia Norte se inscriba (…)». A continuación, se
describía la finca matriz de la que se segregaba, que era la registral 1.101, de carácter
ganancial. Dicha porción segregada constituyó la finca registral 3.317, y se adjudicó a los
herederos. En el cuaderno particional no se hacía referencia a la finca resto, ni
adjudicación de la misma.
Mediante instancia suscrita el día 2 de julio de 2024 por don M. F. C., se solicitaba
«sea subsanado en las cuatro hijuelas que se aportan el error manifiesto relativo a la
omisión del resto de la finca registral: 1101 que quedó una vez realizada la quinta y
última segregación» en el cuaderno particional, a los efectos de que «los herederos de
cada hijuela puedan proceder a actualizar la titularidad cuando lo estimen conveniente».
II
«Hechos.
Primero. En escritura otorgada en Benetússer, ante el Notario don Ramón Herrán
de las Pozas el día 7 de enero de 1966, número 47 de su protocolo, se formalizó la
protocolización de cuaderno particional de la herencia de don R. F. E., adjudicándose
una serie de fincas, algunas de ellas pertenecientes a este Distrito Hipotecario.
Segundo. Copia autorizada de la citada escritura se presentó en este Registro de la
Propiedad, causando el asiento 610 del Diario 2024, el día 10 de julio de 2024. Se aportó
igualmente una instancia firmada por don M. F. C., en la que manifiesta que existe un
cve: BOE-A-2025-2391
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 10 de julio de 2024 la referida instancia, junto con la escritura
reseñada, en el Registro de la Propiedad de Valencia número 17, fueron objeto de la
siguiente nota de calificación:
Núm. 34
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17802
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2391
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 17, por la que
se suspende la inscripción de una instancia solicitando la rectificación de un
asiento del Registro por error en el título.
En el recurso interpuesto por don M. F. C. contra la calificación de la registradora de
la Propiedad de Valencia número 17, doña María Elena Moreno Romero, por la que se
suspende la inscripción de una instancia solicitando la rectificación de un asiento del
Registro por error en el título.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 7 de enero de 1966 por el notario de Benetússer,
don Ramón Herrán de las Pozas, se otorgaba la protocolización de un cuaderno
particional en el que en su apartado segundo del inventario del cuaderno constaba una
«parcela de tierra.–huerta, sita en término de Benetúser, partida (…), de cinco
hanegadas treinta brazas y media de superficie, equivalentes a cuarenta y dos áreas
noventa y siete centiáreas veinticinco decímetros cuadrados, que linda (…) La parcela
descrita en este número es parte segregada y como parcela independiente se solicita del
señor Registrador de la propiedad de Valencia Norte se inscriba (…)». A continuación, se
describía la finca matriz de la que se segregaba, que era la registral 1.101, de carácter
ganancial. Dicha porción segregada constituyó la finca registral 3.317, y se adjudicó a los
herederos. En el cuaderno particional no se hacía referencia a la finca resto, ni
adjudicación de la misma.
Mediante instancia suscrita el día 2 de julio de 2024 por don M. F. C., se solicitaba
«sea subsanado en las cuatro hijuelas que se aportan el error manifiesto relativo a la
omisión del resto de la finca registral: 1101 que quedó una vez realizada la quinta y
última segregación» en el cuaderno particional, a los efectos de que «los herederos de
cada hijuela puedan proceder a actualizar la titularidad cuando lo estimen conveniente».
II
«Hechos.
Primero. En escritura otorgada en Benetússer, ante el Notario don Ramón Herrán
de las Pozas el día 7 de enero de 1966, número 47 de su protocolo, se formalizó la
protocolización de cuaderno particional de la herencia de don R. F. E., adjudicándose
una serie de fincas, algunas de ellas pertenecientes a este Distrito Hipotecario.
Segundo. Copia autorizada de la citada escritura se presentó en este Registro de la
Propiedad, causando el asiento 610 del Diario 2024, el día 10 de julio de 2024. Se aportó
igualmente una instancia firmada por don M. F. C., en la que manifiesta que existe un
cve: BOE-A-2025-2391
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 10 de julio de 2024 la referida instancia, junto con la escritura
reseñada, en el Registro de la Propiedad de Valencia número 17, fueron objeto de la
siguiente nota de calificación: