Ministerio de Economía, Comercio y EmpresaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Denominaciones de origen. (BOE-B-2025-4484)
Extracto de la Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y se efectúa la primera convocatoria, en el marco de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER).
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 6805
g) No encontrarse en situación de "empresa en crisis", de conformidad con el
artículo 1.4.c) del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de
2014, y de acuerdo con la definición de "empresa en crisis" prevista en el artículo
2.18) de dicho reglamento".
h) Cumplir con la normativa vigente en materia de inversiones extranjeras.
i) Cumplir con la normativa vigente en materia de igualdad de trato y
oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación
j) No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración,
o estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de
la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el
mercado común.
k) No incluir en el proyecto objeto de ayuda cualquiera de las actividades
recogidas en el artículo 8.5 de la presente Orden de Bases, sean realizadas por la
empresa beneficiaria o por un subcontratista de la misma.
Segundo. Objeto.
La finalidad de esta línea de ayudas incluidas en el programa INNOVA INVEST
es promocionar inversiones en España de empresas extranjeras con un alto
componente innovador, favoreciendo su integración con el tejido productivo e
investigador nacional, y que supongan una contribución a la mejora de la
competitividad y productividad de la economía española.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de
ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y se efectúa la primera
convocatoria, en el marco de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional.
Cuarto. Importe.
1. El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 4.000.000
de euros y se financiará con cargo al Presupuesto de ICEX. Las ayudas podrán
contar con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el momento de la orden de concesión.
3. La subvención máxima por beneficiario será de 800.000 euros y se
determinará como un porcentaje de los conceptos subvencionables, en función del
tamaño de la empresa y la tipología del proyecto
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la
fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado" de la convocatoria y se cerrará a los 2 meses (a las 23:59:59 hora
cve: BOE-B-2025-4484
Verificable en https://www.boe.es
2. El importe mínimo del conjunto de los conceptos subvencionables incluidos
en cada solicitud deberá ser, al menos, de 500.000 euros elegibles.
Núm. 34
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 6805
g) No encontrarse en situación de "empresa en crisis", de conformidad con el
artículo 1.4.c) del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de
2014, y de acuerdo con la definición de "empresa en crisis" prevista en el artículo
2.18) de dicho reglamento".
h) Cumplir con la normativa vigente en materia de inversiones extranjeras.
i) Cumplir con la normativa vigente en materia de igualdad de trato y
oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación
j) No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración,
o estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de
la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el
mercado común.
k) No incluir en el proyecto objeto de ayuda cualquiera de las actividades
recogidas en el artículo 8.5 de la presente Orden de Bases, sean realizadas por la
empresa beneficiaria o por un subcontratista de la misma.
Segundo. Objeto.
La finalidad de esta línea de ayudas incluidas en el programa INNOVA INVEST
es promocionar inversiones en España de empresas extranjeras con un alto
componente innovador, favoreciendo su integración con el tejido productivo e
investigador nacional, y que supongan una contribución a la mejora de la
competitividad y productividad de la economía española.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de
ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y se efectúa la primera
convocatoria, en el marco de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional.
Cuarto. Importe.
1. El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 4.000.000
de euros y se financiará con cargo al Presupuesto de ICEX. Las ayudas podrán
contar con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el momento de la orden de concesión.
3. La subvención máxima por beneficiario será de 800.000 euros y se
determinará como un porcentaje de los conceptos subvencionables, en función del
tamaño de la empresa y la tipología del proyecto
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la
fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado" de la convocatoria y se cerrará a los 2 meses (a las 23:59:59 hora
cve: BOE-B-2025-4484
Verificable en https://www.boe.es
2. El importe mínimo del conjunto de los conceptos subvencionables incluidos
en cada solicitud deberá ser, al menos, de 500.000 euros elegibles.