Ministerio de Economía, Comercio y EmpresaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Denominaciones de origen. (BOE-B-2025-4484)
Extracto de la Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y se efectúa la primera convocatoria, en el marco de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 6804
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
4484
Extracto de la Orde n ECM/71/2025, de 16 de e ne ro, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
de l «Programa Innova Inve st» de ICEX España Exportación e
Inversiones, E.P.E., y se efectúa la primera convocatoria, en el marco
de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER).
BDNS (Identif.): 813041.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
813041)
Primero. Beneficiarios.
En el artículo 5 de la Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del
«Programa Innova Invest» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., se
establecen los siguientes requisitos para poder obtener la condición de
beneficiario:
a) Encontrarse en disposición de poder ejercer una actividad económica,
cualquieraque sea su forma jurídica, en el momento de concesión de la
subvención.
b) En el momento de la concesión, las empresas beneficiarias deberán tener
personalidad jurídica propia, estar válidamente constituidas. Asimismo, en el
momento en que se hagan efectivas las ayudas, deberán disponer en España, al
menos, de un establecimiento permanente o de una sucursal.
c) Estar incluida en la categoría de PYME de acuerdo con lo dispuesto en el
Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión. También podrán ser
beneficiarias las pequeñas empresas de mediana capitalización (entidades que
cuenten con hasta 499 empleados que no sean pymes) reguladas en el art. 2,
apartado 6, del Reglamento UE 2015/2017 del Fondo Europeo para Inversiones
Estratégicas de 25 de junio de 2015.
e) No tener contraída una deuda con ICEX.
f) No encontrarse en alguna de las circunstancias detalladas en los apartados
2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. En relación con el artículo 13.3.bis deberán acreditar el
cumplimiento de los plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de
diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales.
cve: BOE-B-2025-4484
Verificable en https://www.boe.es
d) Contar con una participación extranjera de, al menos, el 50% de su capital
social. Los socios extranjeros que participen en el capital podrán ser tanto
personas jurídicas domiciliadas en el extranjero, como personas físicas no
residentes en España.
Núm. 34
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 6804
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MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
4484
Extracto de la Orde n ECM/71/2025, de 16 de e ne ro, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
de l «Programa Innova Inve st» de ICEX España Exportación e
Inversiones, E.P.E., y se efectúa la primera convocatoria, en el marco
de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER).
BDNS (Identif.): 813041.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
813041)
Primero. Beneficiarios.
En el artículo 5 de la Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del
«Programa Innova Invest» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., se
establecen los siguientes requisitos para poder obtener la condición de
beneficiario:
a) Encontrarse en disposición de poder ejercer una actividad económica,
cualquieraque sea su forma jurídica, en el momento de concesión de la
subvención.
b) En el momento de la concesión, las empresas beneficiarias deberán tener
personalidad jurídica propia, estar válidamente constituidas. Asimismo, en el
momento en que se hagan efectivas las ayudas, deberán disponer en España, al
menos, de un establecimiento permanente o de una sucursal.
c) Estar incluida en la categoría de PYME de acuerdo con lo dispuesto en el
Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión. También podrán ser
beneficiarias las pequeñas empresas de mediana capitalización (entidades que
cuenten con hasta 499 empleados que no sean pymes) reguladas en el art. 2,
apartado 6, del Reglamento UE 2015/2017 del Fondo Europeo para Inversiones
Estratégicas de 25 de junio de 2015.
e) No tener contraída una deuda con ICEX.
f) No encontrarse en alguna de las circunstancias detalladas en los apartados
2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. En relación con el artículo 13.3.bis deberán acreditar el
cumplimiento de los plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de
diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales.
cve: BOE-B-2025-4484
Verificable en https://www.boe.es
d) Contar con una participación extranjera de, al menos, el 50% de su capital
social. Los socios extranjeros que participen en el capital podrán ser tanto
personas jurídicas domiciliadas en el extranjero, como personas físicas no
residentes en España.