Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2362)
Resolución de 30 de enero de 2025, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Endesa, para la III Edición del Proyecto Marcos de Mira.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17575

II. Que el Museo Nacional del Prado tiene por objetivo la consecución de los
siguientes fines, en virtud del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:
a. Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
b. Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
c. Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d. Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e. Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f. Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que en virtud de la disposición adicional decimoctava de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los
Incentivos Fiscales al Mecenazgo, el Museo Nacional del Prado tiene la consideración de
entidad beneficiaria del mecenazgo a los efectos previstos en los artículos 16 a 25,
ambos inclusive de dicha Ley.
IV. Que Fundación Endesa es una institución sin ánimo de lucro, cuyo objeto es,
entre otros, el fomento de actividades sociales y culturales de interés general, a través
de la cooperación al desarrollo social y cultural. Como parte de su objetivo, Fundación
Endesa impulsa y colabora en iniciativas cuyo objetivo es promocionar la cultura y el arte
en sus facetas más diversas como la pintura, la escultura o las artes decorativas entre
los colectivos más desfavorecidos, contribuyendo a la reducción de la desigualdad
social.
V. Que, con fecha 18 de noviembre 2021, las Partes suscribieron un convenio para
el apoyo de la I Edición Proyecto Marcos de Mira consistente en un programa de
enseñanza y aprendizaje sobre el mundo del arte destinado a aquellas personas que no
han tenido fácil el acceso a la cultura y, en concreto, a los museos y sus contenidos.
VI. Que, ante el éxito de la I y la II Edición del citado proyecto, el Patronato de
Fundación Endesa en su sesión de 19 de junio de 2024 ha considerado de su interés
participar en Marcos de Mira 2024-2025 (en adelante, «el Proyecto») y aprobó autorizar
la firma de un convenio con el Museo Nacional del Prado, así como la aportación
económica a que se refiere la cláusula tercera del mismo.
VII. Que, de acuerdo con lo arriba expuesto, Fundación Endesa y el Museo
Nacional del Prado, con el fin de formalizar los términos y condiciones de la ejecución del
Proyecto, acuerdan suscribir el presente convenio en actividades de interés general de
los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal
de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo (en
adelante, el Convenio) que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y naturaleza del convenio.
1.1 El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo
Nacional del Prado y Fundación Endesa para el apoyo del Proyecto que consistirá en
una iniciativa educativa diseñada por Prado Educación y desarrollada en las salas y

cve: BOE-A-2025-2362
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Núm. 33