Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-2357)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Banco de España para los años 2023 y 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Viernes 7 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17545

La iniciación del procedimiento de mediación impedirá el ejercicio de acciones
judiciales o cualquier otra dirigida a la solución del conflicto colectivo por la causa objeto
de la mediación, en tanto dure ésta. Lo anteriormente expuesto se entiende sin perjuicio
de que las partes, por agotamiento de plazos procesales, ejerzan las acciones judiciales
oportunas.
2.

Arbitraje.

Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes podrán acordar voluntariamente
encomendar sus diferencias a una tercera persona y aceptar de antemano la solución
que ésta dicte sobre sus divergencias.
Para someterse a este procedimiento de arbitraje será imprescindible la
manifestación expresa y por escrito de la voluntad de las partes en conflicto de
someterse a la decisión de una persona o personas expertas en arbitraje, que tendrá
carácter de obligado cumplimiento.
El compromiso arbitral y el procedimiento de arbitraje no estarán sujetos a ninguna
tramitación preestablecida, la cual deberá acordarse expresamente por las partes en
cada caso.
Disposición final cuarta.

Procedimiento de inaplicación de las condiciones de trabajo.

cve: BOE-A-2025-2357
Verificable en https://www.boe.es

En relación con el procedimiento de inaplicación de las condiciones de trabajo
previstas en este convenio colectivo, se estará a lo establecido en el artículo 82.3 del
Estatuto de los Trabajadores y, en el caso de que no se logre un acuerdo en el seno de
la Comisión Paritaria, las partes se someterán a los procedimientos para la solución
extrajudicial de conflictos colectivos en los términos establecidos en la disposición final
tercera anterior.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X