Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2336)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad accidental de Icod de los Vinos a inscribir una escritura de cesión de crédito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17358

municipal de Santiago del Teide, 7870 del término municipal de Santiago del Teide, 7869
del término municipal de Santiago del Teide, 7868 del término municipal de Santiago del
Teide, 7883 del término municipal de Santiago del Teide, 7866 del término municipal de
Santiago del Teide, 7867 del término municipal de Santiago del Teide, 7872 del término
municipal de Santiago del Teide, 7873 del término municipal de Santiago del Teide, 7874
del término municipal de Santiago del Teide, 7875 del término municipal de Santiago del
Teide, 7876 del término municipal de Santiago del Teide, 7877 del término municipal de
Santiago del Teide, 7878 del término municipal de Santiago del Teide, 7879 del término
municipal de Santiago del Teide, 7880 del término municipal de Santiago del Teide, 7881
del término municipal de Santiago del Teide, 7882 del término municipal de Santiago del
Teide, 7886 del término municipal de Santiago del Teide, 7887 del término municipal de
Santiago del Teide, 7888 del término municipal de Santiago del Teide, 7889 del término
municipal de Santiago del Teide, 7890 del término municipal de Santiago del Teide, 7892
del término municipal de Santiago del Teide, 7894 del término municipal de Santiago del
Teide, 7895 del término municipal de Santiago del Teide, 7899 del término municipal de
Santiago del Teide, 7904 del término municipal de Santiago del Teide, 7907 del término
municipal de Santiago del Teide, 7908 del término municipal de Santiago del Teide, 7909
del término municipal de Santiago del Teide, 7913 del término municipal de Santiago del
Teide, 7914 del término municipal de Santiago del Teide, 7917 del término municipal de
Santiago del Teide, 7918 del término municipal de Santiago del Teide, 7920 del término
municipal de Santiago del Teide, 7922 del término municipal de Santiago del Teide, 7923
del término municipal de Santiago del Teide, 7924 del término municipal de Santiago del
Teide.
2. No se acredita el cumplimiento de los requisitos previstos la Ley 2/2009 de 31 de
marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o
créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de
préstamo o crédito.
3. D. F. G. R. interviene en representación de la entidad adquirente J.F.C.
Properties SL, en virtud de escritura de poder general no inscrito en el Registro
Mercantil.
Procedo a la calificación del documento por existir causas impeditivas de la
inscripción, en base a los siguientes
Fundamentos de Derecho:
Primero. No se acredita el cumplimiento de los requisitos previstos la Ley 2/2009
de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos
o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos
de préstamo o crédito.
Se considera necesario analizar el ámbito de aplicación de la Ley 2/2009 de 31 de
marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o
créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de
préstamo o crédito. Del artículo 1.1 de la misma, que regula su ámbito de aplicación,
resulta lo siguiente:
“1. Lo dispuesto en esta Ley será de aplicación a la contratación de los
consumidores con aquellas personas físicas o jurídicas (en adelante, las empresas) que,
de manera profesional, realicen cualquiera de las actividades que consistan en:
a) La concesión de préstamos o créditos hipotecarios, distintos a los previstos en el
artículo 2.1.a) y b) de la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario,
bajo la forma de pago aplazado, apertura de crédito o cualquier otro medio equivalente
de financiación.
b) La intermediación para la celebración de un contrato de préstamo o crédito con
cualquier finalidad, a un consumidor, salvo la prevista en el artículo 2.2 de la Ley 5/2019,
reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, mediante la presentación, propuesta

cve: BOE-A-2025-2336
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Núm. 33